MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

Sociedad Logra S.A.

RUT 76009563-K CVE 2346799
Capital
$3.000 CLP
Fecha instrumento
28 de junio de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
28 de junio de 2023
Notario
EDUARDO DIEZ MORELLO
Oficio
34° Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$3.000 CLP
Ley aplicable
Ley 18.046

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público Titular de la 34° Notaria de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda número 359 comuna de Providencia, Santiago, certifico: que por escritura pública, de fecha 28 de junio de 2023, bajo el repertorio número 10674, doña: PAULINA HENRIQUEZ RUBIO, con domicilio para estos efectos en calle Del Inca número cuatro mil cuatrocientos cuarenta y seis, piso 9, comuna de Las Condes, compareció ante mí y redujo a escritura pública el acta de la Junta de Extraordinaria de SOCIEDAD LOGRA S.A. en adelante, “la sociedad”. Concurrieron a la presente junta, los siguientes accionistas: a) CARLOS ARIEL VERDUGO CAMPOS, cédula de identidad número 13.059.519-7, con 50 acciones ordinarias de serie única equivalentes a la suma de $3.000.000 del capital social; y b) SERGIO ANTONIO GUZMAN VILLAGRAN, cédula de identidad número 10.621.686-K, con 50 acciones ordinarias de serie única equivalente a la suma de $3.000.000 del capital social. Los concurrentes reúnen el 100% de las acciones emitidas y suscritas con derecho a voto. Luego de analizar la propuesta de transformación, los 2 únicos accionistas, que conforman el 100% de las acciones emitidas y suscritas que son: don CARLOS ARIEL VERDUGO CAMPOS y don SERGIO ANTONIO GUZMAN VILLAGRAN , aprueban unánimemente transformar la sociedad y sustituir íntegramente los estatutos sociales, reemplazándolos por los siguientes nuevos, que acogerían todas las modificaciones acordadas por la presente junta y que constituirán en adelante el estatuto vigente de la sociedad. ESTATUTOS DE LA SOCIEDAD SERVICIOS INFORMÁTICOS LOGRA LIMITADA. COMPARECEN: Por el presente documento, los dos únicos accionistas de la SOCIEDAD LOGRA S.A. a saber don CARLOS ARIEL VERDUGO CAMPOS, con domicilio para estos efectos en Alter Real Norte número 1513, comuna de Huechuraba y don SERGIO ANTONIO GUZMAN VILLAGRAN, con domicilio para estos efectos en Las Azaleas número 8240, Condominio las Malvas, comuna de Peñalolén, exponen: Que vienen en transformar a la SOCIEDAD LOGRA S.A., en una sociedad de responsabilidad limitada de acuerdo a lo señalado en los artículos 96 y 97 de la Ley 18.046, cuyo estatuto es el siguiente: El nombre o razón social de la sociedad será “SERVICIOS INFORMÁTICOS LOGRA LIMITADA” pudiendo usar en todos los bancos e instituciones financieras el nombre de fantasía LOGRA LTDA. El objeto de la sociedad será: A) El estudio, análisis, creación, comercialización, importación o exportación de sistemas informáticos, programas, software y hardware computacionales; B) La prestación de toda clase de servicios relacionados con el área computacional e informática, incluyendo la asesoría y capacitación a personas naturales o jurídicas y a empresas o instituciones públicas o privadas, ya sean nacionales o extranjeras, en el ámbito de la informática y la computación; C) La asistencia técnica en las áreas ya mencionadas; D) Toda otra actividad ligada o conexa con las anteriores. El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en el resto del país o del extranjero. La vigencia de la sociedad será de carácter indefinido. El capital de la sociedad es la suma de seis millones de pesos, que los socios han enterado y pagado de la siguiente manera: A) CARLOS ARIEL VERDUGO CAMPOS, ha aportado y pagado la suma de tres millones de pesos, equivalente al cincuenta por ciento del capital social, con anterioridad a este acto, al contado y con dinero en efectivo e ingresado a la caja social; B)SERGIO ANTONIO GUZMAN VILLAGRAN, ha aportado y pagado la suma de tres millones de pesos, equivalente al cincuenta por ciento del capital social, con anterioridad a este acto, al contado y con dinero en efectivo e ingresado a la caja social. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de su respectivo aporte.- La administración de la sociedad, el uso de la razón social, del nombre de fantasía y la representación judicial y extrajudicial de la misma será ejercida conjuntamente por los socios: CARLOS ARIEL VERDUGO CAMPOS Y SERGIO ANTONIO GUZMAN VILLAGRAN, los administradores de la sociedad, anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades según lo señalado en escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 17 de julio de 2023.-