INMOBILIARIA RAMIREZ Y KENNEDY LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 20 de junio de 2023
- Repertorio
- 509-2023
- Comuna
- San Bernardo
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCLAUDIO ALFONSO ORTIZ CERDA, Notario Titular Tercera Notaria San Bernardo, con oficio en calle O´Higgins Nº 460, San Bernardo, certifico: Por escritura de fecha 20 de Junio de 2023, ante mi, MARÍA FERNANDA RAMÍREZ KENNEDY, chilena, soltera, profesora, cédula nacional de identidad número 10.338.136-3 y don PABLO EDMUNDO RAMÍREZ KENNEDY, chileno, casado y separado totalmente de bienes, arquitecto, cédula nacional de identidad número 10.338.109-6, ambos domiciliados San José 859, comuna de San Bernardo; modifican sociedad de responsabilidad limitada: “INMOBILIARIA RAMIREZ Y KENNEDY LIMITADA”, rol único tributario 76.321.464-8, cuyo capital social de constitución fue de ochenta y cinco millones de pesos, constituida por escritura pública de fecha 6 de septiembre de 2013, otorgada en la Notaría de Santiago de don Juan Ricardo San Martin Urrejola, inscrita a fojas 71.280, número 47.096, año 2013, Registro de Comercio de Santiago, publicada en el Diario Oficial de fecha 11 de septiembre de 2013.- La sociedad no ha sido objeto de modificaciones.- Modifican: Comunidad quedada al fallecimiento de la socia doña WANDA AIDA KENNEDY RITTER, formada actualmente por doña MARÍA FERNANDA RAMÍREZ KENNEDY y don PABLO EDMUNDO RAMÍREZ KENNEDY, titular actualmente de un 1%, derechos sociales; liquidaron y adjudicaron este porcentaje, mediante escritura de fecha 14 de abril de dos mil 2023, ante el notario de San Bernardo don Claudio Alfonso Ortiz Cerda, repertorio 509-2023, adjudicándose cada uno de ellos el 0.5% de los derechos en la sociedad ya mencionada, en la suma de 425.000 pesos. En consecuencia, quedan como únicos socios de la sociedad: “INMOBILIARIA RAMIREZ Y KENNEDY LIMITADA”, doña MARÍA FERNANDA RAMÍREZ KENNEDY y don PABLO EDMUNDO RAMÍREZ KENNEDY, con un 50%, en cuanto a interés y capital social, cada uno.- En lo no modificado rige el pacto social constitutivo, especialmente la que dice a que la responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. San Bernardo, 17 de Julio de 2023.