Bulnes, Urrutia y Bustamante Abogados Limitada
Instrumento
- Fecha
- 22 de mayo de 2023
- Repertorio
- 4086-2023
- Notario
- Paulina Constanza Estay Calzadilla
- Oficio
- 29° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $290.000 CLP
Administración
La administración y uso de la razón social corresponderá indistintamente a Felipe Bulnes Serrano, cedula de identidad número 6.977.958-1, o Enrique Urrutia Pérez, cedula de identidad número 10.742.616-7, quienes anteponiendo la razón social a su firma representarán y obligarán con las más amplias facultades de administración y disposición (…)”; y /e) como consecuencia de la disminución del capital social, los socios de la Sociedad acordaron modificar el capital social, reemplazando el Artículo Cuarto de los estatutos por el siguiente: “Artículo Cuarto. El capital de la sociedad es la suma de $710.000, que los socios enteran de la siguiente manera: a) Felipe Bulnes Serrano y Compañía aporta la suma de $411.800, equivalentes al 58% del capital social, ingresado con anterioridad a este acto en la caja social; y, b) Inversiones Pabecle Dos Limitada aporta la suma de $298.200, equivalentes al 42% del capital social, ingresado con anterioridad a este acto en la caja social”
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPaulina Constanza Estay Calzadilla, abogado, Notario Público Interino de la 29° Notaría de Santiago, con domicilio en calle Mac-Iver N° 225, oficina 302, comuna de Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 22 de mayo de 2023, Repertorio N°4086-2023, ante mí, Felipe Bulnes Serrano y Compañía, Inversiones Pabecle Dos Limitada e Inversiones Doña Bernardita Limitada, todos con domicilio en calle Magdalena N° 140, piso 12, oficina 1202, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en su calidad de únicos socios, acordaron modificar el estatuto social de Bulnes, Urrutia y Bustamante Abogados Limitada, en adelante la “Sociedad”, inscrita a fojas 13.436, número 8.773 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2009, en el siguiente sentido: /a/ disminuir el capital social en la suma de $290.000, esto es, de la cantidad de $1.000.000 a la cantidad de $710.000; /b/ como consecuencia de dicha disminución de capital, se retira de la Sociedad el socio Inversiones Doña Bernardita Limitada, quedando como únicos socios de la Sociedad: (i) Felipe Bulnes Serrano y Compañía con un 58% de los derechos en el haber social; y (ii) Inversiones Pabecle Dos Limitada con un 42% de los derechos en el haber social; c) modificar la razón social de la Sociedad, reemplazando el Artículo Primero de los estatutos por el siguiente: “Artículo Primero. Razón social. La sociedad se denominará “Bulnes y Urrutia Abogados Limitada”, pudiendo usar para fines comerciales, bancarios, publicitarios y de propaganda las expresiones “Bulnes y Urrutia Abogados Ltda.” o “Bulnes y Urrutia Ltda.”, cuyo uso obligará a la sociedad en los mismos términos que el uso de la razón social completa.”; d) modificar la administración de la Sociedad, sustituyendo la parte pertinente del Artículo Quinto del estatuto por lo siguiente: “Artículo Quinto. De la administración y uso de la razón social. La administración y uso de la razón social corresponderá indistintamente a Felipe Bulnes Serrano, cedula de identidad número 6.977.958-1, o Enrique Urrutia Pérez, cedula de identidad número 10.742.616-7, quienes anteponiendo la razón social a su firma representarán y obligarán con las más amplias facultades de administración y disposición (…)”; y /e/ como consecuencia de la disminución del capital social, los socios de la Sociedad acordaron modificar el capital social, reemplazando el Artículo Cuarto de los estatutos por el siguiente: “Artículo Cuarto. El capital de la sociedad es la suma de $710.000, que los socios enteran de la siguiente manera: a) Felipe Bulnes Serrano y Compañía aporta la suma de $411.800, equivalentes al 58% del capital social, ingresado con anterioridad a este acto en la caja social; y, b) Inversiones Pabecle Dos Limitada aporta la suma de $298.200, equivalentes al 42% del capital social, ingresado con anterioridad a este acto en la caja social”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 18 de julio de 2023.