MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Bringo SpA

RUT 76260735-2 CVE 2346800
Capital
$2.629.223.119 CLP
Fecha instrumento
4 de julio de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
4 de julio de 2023
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36º Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.629.223.119 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular, 36º Notaría de Santiago, La Concepción Nº 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico que por escritura pública de fecha 4 de julio de 2023, repertorio número 22.184, ante mí, se redujo el acta de junta extraordinaria de accionistas de Bringo SpA (en adelante la “Sociedad”), inscrita a fojas 30.815, número 20.548 en el Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2013, celebrada con fecha 4 de julio de 2023, en la cual se acordó lo siguiente: (i) Disminuir el capital de la Sociedad, desde la cantidad de $2.629.223.119, dividido en 206.819 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, a la cantidad de $2.445.302.504, dividido en 192.352 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal; (ii) Redenominar el número de acciones en las que se divide el capital de la Sociedad, desde la cantidad de 192.352 acciones, a la cantidad de 2.933 acciones, de las mismas características, y sin aumentar el capital; (iii) Aumentar el capital de la Sociedad desde la cantidad de $2.445.302.504, dividido en 2.933 acciones, a la cantidad de $2.484.840.702, dividido en 4.000 acciones, mediante la emisión de 1.067 nuevas acciones de pago, ordinarias, nominativas, de una única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, las cuales deberán encontrarse íntegramente suscritas y pagadas en un plazo máximo de 60 días contados desde el 4 de julio de 2023. Se encuentran suscritas y pagadas 2.933 acciones de la Sociedad por el equivalente a $2.445.302.504; y (iv) Reemplazar los artículos Quinto y Primero Transitorio de los estatutos sociales. Las demás estipulaciones y acuerdos constan en escritura extractada. Se facultó al portador del extracto para legalización. Santiago, 13 de julio de 2023.