ASESORIA E INVERSIONES TDA ARQUITECTOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 23 de enero de 2008
- Comuna
- Providencia
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalNicole Parra Apablaza, Abogada, Suplente del Notario Titular de la Segunda Notaría de Providencia, don Fernando Celis Urrutia, con oficio en Paseo Presidente Errázuriz Echaurren 2615, Providencia, Certifica: Por escritura pública hoy ante mí, don JAVIER LUIS AVILA BURROWS y doña PATRICIA SOLEDAD CHAMPIN FUENTEALBA, ambos domiciliados en calle Pedro Lagos 1240, comuna y ciudad de Santiago; modifican sociedad responsabilidad limitada "ASESORIA E INVERSIONES TDA ARQUITECTOS LIMITADA”, constituida 23/01/2008, ante Notario de Santiago don Oscar Ernesto Navarrete Villalobos, Suplente del Titular don Juan Ricardo San Martín Urrejola, extracto inscrito fojas 11049 N° 7425 Registro Comercio Santiago año 2008, publicado Diario Oficial 25/03/2008. Modificación consiste: Actuales y únicos socios don JAVIER LUIS AVILA BURROWS y doña PATRICIA SOLEDAD CHAMPIN FUENTEALBA, modifican cláusulas 2ª, 3ª 5ª y 10ª del pacto social primitivo por las siguientes: “SEGUNDO: El nombre o razón social de la sociedad será “SOCIEDAD DE PROFESIONALES TDA ARQUITECTURA E INTERIORISMO LIMITADA”. Sin embargo, la sociedad podrá funcionar y actuar, inclusive con los Bancos, instituciones financieras, el Servicio de Impuestos Internos, Tesorerías y toda clase de instituciones y organismos públicos, privados o mixtos, incluso para fines comerciales y de propaganda con el siguiente nombre de fantasía “TDA ARQUITECTOS LTDA.”; “TERCERO: El objeto de la sociedad será: La prestación de servicios y/o asesorías profesionales en el área de la Arquitectura e Interiorismo, sea por intermedio de sus socios, asociados o con la colaboración de dependientes que coadyuven a la prestación del servicio profesional.”; “QUINTO: La administración, la representación y el uso de la razón social de la sociedad corresponderá indistinta y separadamente a cualquiera de los socios don JAVIER LUIS AVILA BURROWS y doña PATRICIA SOLEDAD CHAMPIN FUENTEALBA, con amplias facultades”; y “DECIMO: El plazo de duración de la sociedad será de tres años, contados fecha escritura, prorrogable tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales de 3 años cada uno, manera indicada.”. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. En todo lo no modificado, se mantienen vigentes e inalterables las cláusulas del pacto social primitivo. Demás estipulaciones escritura extractada. Providencia, 30 de junio de 2023.-