Transportes Marcelo Esteban Varas Silva E.I.R.L.
Instrumento
- Fecha
- 22 de marzo de 2013
- Repertorio
- 415-2023
- Notario
- ALEJANDRA DEL CARMEN LOYOLA OJEDA
- Oficio
- Octava Notaria de San Miguel
- Comuna
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $180.000 CLP
- Domicilio
- Santiago, Chile. 5) otras modificaciones en la escritura que se extracta. En San Miguel a 14 de julio del 2023
- Duración
- cinco años; f)
Objeto social
a) la comercialización de bienes y servicios para la industria y el comercio, por cuenta propia o de terceros, b) el transporte de todo tipo de carga nacional o extranjera, por carretera, por cuenta propia o de terceros, c) Prestación o ejecución, por cuenta propia o a través de terceros, de todo tipo de asesorías profesionales de carácter financiero, comerciales y económicas; comisiones, civiles o mercantiles, a personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, públicas o privadas; d) Realización de inversiones de toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles para fines de inversión y)o renta. Para estos efectos la sociedad podrá adquirir y enajenar a cualquier título, bienes raíces y muebles, valores mobiliarios de toda clase, efectos de comercio, bonos, debentures, acciones y derechos en cualquier clase de sociedad; e) Adquirir, construir y enajenar todo tipo de bienes raíces, pudiendo explotarlos bajo la forma de compraventa, loteos subdivisiones, urbanizaciones, enajenaciones de cualquier especie, arrendamientos y otros; cómo también, y toda otra actividad, negocio o asunto, relacionado o no con la anterior y que los titulares estipularen, sin limitación alguna; d)
Administración
Será ejercida por don Marcelo Esteban varas Silva; e)
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALEJANDRA DEL CARMEN LOYOLA OJEDA, abogado, Notario Público Titular, Octava Notaria de San Miguel, Gran avenida José Miguel Carrera 2536, San Miguel Santiago, certifica que: ante doña PAOLA JIMENEZ RIQUELME Notario Suplente de la Titular doña ALEJANDRA LOYOLA OJEDA, por escritura de fecha 22 de junio del 2023, Repertorio Nº 415-2023 don MARCELO ESTEBAN VARAS SILVA, VIVIANA MARGARITA GÓMEZ VALENZUELA, CAMILA MARIÓN VARAS GÓMEZ, ROSARIO BELÉN VARAS GÓMEZ y GONZALO NICOLÁS VARAS GÓMEZ, domiciliados en Santiago, Ceden derechos y transforman Sociedad “Transportes Marcelo Esteban Varas Silva E.I.R.L.” constituida por escritura pública 22 de marzo 2013 ante Francisco Javier Leiva Carvajal, Notario de Santiago, fojas 23474 número 15499 del Registro de Comercio de 2013 del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Santiago. Cesión y transformación consistieron: 1) Socio Marcelo Esteban Varas Silva cede la 60% de sus derechos en la sociedad a Viviana Margarita Gómez Valenzuela, Camila Marión Varas Gómez, Rosario Belén Varas Gómez y Gonzalo Nicolás Varas Gómez; 2) Se paga a Marcelo Esteban Varas su aportes de capital por la suma $180.000, en dinero efectivo; 3) Marcelo Esteban Varas Silva, Viviana Margarita Gómez Valenzuela, Camila Marión Varas Gómez, Rosario Belén Varas Gómez y Gonzalo Nicolás Varas Gómez, Actuales socios, Transforman sociedad: a) modifica sociedad transformándola en Sociedad de responsabilidad limitada b) Razón social por: Transportes Marcelo Esteban Varas Silva Limitada o Transportes Carogo Limitada; b) Se mantiene capital social en suma $300.000, socio Marcelo Esteban Varas Silva la suma de $120.000, resto de los socios $45.000 cada uno; c) Objeto: a) la comercialización de bienes y servicios para la industria y el comercio, por cuenta propia o de terceros, b) el transporte de todo tipo de carga nacional o extranjera, por carretera, por cuenta propia o de terceros, c) Prestación o ejecución, por cuenta propia o a través de terceros, de todo tipo de asesorías profesionales de carácter financiero, comerciales y económicas; comisiones, civiles o mercantiles, a personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, públicas o privadas; d) Realización de inversiones de toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles para fines de inversión y/o renta. Para estos efectos la sociedad podrá adquirir y enajenar a cualquier título, bienes raíces y muebles, valores mobiliarios de toda clase, efectos de comercio, bonos, debentures, acciones y derechos en cualquier clase de sociedad; e) Adquirir, construir y enajenar todo tipo de bienes raíces, pudiendo explotarlos bajo la forma de compraventa, loteos subdivisiones, urbanizaciones, enajenaciones de cualquier especie, arrendamientos y otros; cómo también, y toda otra actividad, negocio o asunto, relacionado o no con la anterior y que los titulares estipularen, sin limitación alguna; d) Administración: Será ejercida por don Marcelo Esteban varas Silva; e) Duración: cinco años; f) Domicilio: Santiago, Chile. 5) otras modificaciones en la escritura que se extracta. En San Miguel a 14 de julio del 2023.