Instrumento
- Fecha
- 29 de junio de 2023
- Repertorio
- 1089/2023
- Notario
- SANDRA ELIANA CÁRCAMO VELÁSQUEZ
- Oficio
- Tercera Notaría de Puerto Varas
- Comuna
- Puerto Varas
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Su domicilio será la ciudad de Puerto Varas
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad es: /a) la importación y exportación, distribución, comercialización, venta al por mayor y al por menor de textiles, prendas de vestir y calzado, de confección propia o de terceros; /b) la representación, administración y comercialización de empresas, marcas, equipos, productos y mercaderías provenientes o radicados en el país o el extranjero, vinculados al rubro del retail; c) la realización de asesorías técnicas especializadas y prestación de servicios, ya sea por cuenta propia o ajena, en el área de vestuario, textiles, calzado y retail, así como en la comercialización de todo tipo de bienes; d) la realización de inversiones en toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles para fines de inversión y)o renta; /e) formar y)o tomar parte como socio o accionista en otras sociedades existentes actualmente o que se formen en el futuro, cualquiera que sea el objeto de ellas; /f) ejecutar cualquier actividad u operación, en materias relacionadas o derivadas directa o indirectamente con las señaladas en las letras precedentes; y /g) en general, efectuar cualquier otra clase de actividad profesional, industrial o comercial que el o los accionistas acuerden
Administración
La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderán individualmente, a una cualquiera de las administradoras, doña Isidora Vergara Altamirano, y doña Ángela Stewart Claro. Las Administradoras, podrán actuar, separada e indistintamente cualquiera de ellas
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalSANDRA ELIANA CÁRCAMO VELÁSQUEZ, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Puerto Varas, San Bernardo 224, comuna de Puerto Varas, certifica: Que por escritura pública de fecha 29/06/2023, repertorio N°1089/2023, ante mí: doña Isidora Vergara Altamirano y doña Ángela Stewart Claro constituyeron una sociedad por acciones: Nombre: COMERCIALIZADORA ALAIRE SpA, la que podrá usar para fines publicitarios, de propaganda, bancarios y comerciales, el nombre de fantasía “Alaire SpA” SpA. Objeto: El objeto de la sociedad es: /a/ la importación y exportación, distribución, comercialización, venta al por mayor y al por menor de textiles, prendas de vestir y calzado, de confección propia o de terceros; /b/ la representación, administración y comercialización de empresas, marcas, equipos, productos y mercaderías provenientes o radicados en el país o el extranjero, vinculados al rubro del retail; c) la realización de asesorías técnicas especializadas y prestación de servicios, ya sea por cuenta propia o ajena, en el área de vestuario, textiles, calzado y retail, así como en la comercialización de todo tipo de bienes; d) la realización de inversiones en toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles para fines de inversión y/o renta; /e/ formar y/o tomar parte como socio o accionista en otras sociedades existentes actualmente o que se formen en el futuro, cualquiera que sea el objeto de ellas; /f/ ejecutar cualquier actividad u operación, en materias relacionadas o derivadas directa o indirectamente con las señaladas en las letras precedentes; y /g/ en general, efectuar cualquier otra clase de actividad profesional, industrial o comercial que el o los accionistas acuerden. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, iguales y sin valor nominal, el cual se suscribió y pagó íntegramente en el acto de constitución social. Domicilio: Su domicilio será la ciudad de Puerto Varas, sin perjuicio de las agencias, establecimientos, sucursales u oficinas que la Sociedad decida establecer en otros puntos del país o en el extranjero. Administración: La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderán individualmente, a una cualquiera de las administradoras, doña Isidora Vergara Altamirano, y doña Ángela Stewart Claro. Las Administradoras, podrán actuar, separada e indistintamente cualquiera de ellas. Duración: Indefinida. Demás estipulaciones en escritura extractada. Puerto Varas, 30 de junio de 2023.