SOCIEDAD MOLINERA NACIONAL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de junio de 2023
- Repertorio
- 7382-23
- Notario
- ESMIRNA VIDAL MORAGA
- Domicilio
- agrupación comunas de Temuco
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalESMIRNA VIDAL MORAGA, Notario Público Titular agrupación comunas de Temuco, Padre Las Casas, Melipeuco, Cunco, Vilcún y Freire, con oficio en calle Antonio Varas N° 979, Temuco, certifico: Por escritura pública de fecha 30 de junio del año 2023, repertorio N° 7382-23, ante mí, TOMÁS ECHAVARRI FERNÁNDEZ, en representación de INVERSIONES E INMOBILIARIA ECHACE LIMITADA, ambos domiciliados en Fundo Traipo sin número, Localidad de General López, comuna de Vilcún, Región de La Araucanía; BRUNO EDUARDO ARENILLAS BIGNOTTI, en representación de INVERSIONES AREGAR LIMITADA, ambos domiciliados en Baquedano N° 1168, comuna de San Bernardo, Región Metropolitana; TOMÁS ENRIQUE ECHAVARRI PEÑA, domiciliado en Fundo Traipo sin número, Localidad de General López, comuna de Vilcún, Región de La Araucanía; JOAQUÍN ECHAVARRI FERNÁNDEZ, domiciliado en Fundo Traipo sin número, Localidad de General López, comuna de Vilcún, Región de La Araucanía; y JUAN JOSÉ ECHAVARRI FERNÁNDEZ, en representación de AGRÍCOLA JUAN JOSÉ ECHAVARRI FERNÁNDEZ EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, ambos domiciliados en Fundo Traipo sin número, Localidad de General López, comuna de Vilcún, Región de La Araucanía; modificaron SOCIEDAD MOLINERA NACIONAL LIMITADA (la “Sociedad”), rol único tributario N° 76.131.514-5, e inscrita a fojas 49, número 47 del Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco correspondiente al año 2011, en el siguiente sentido: Modificación administración de la Sociedad: Se sustituye la cláusula séptima del estatuto social, relativa a la administración, en el sentido de que la administración, representación de la Sociedad y el uso de la razón social, nombre de fantasía o sigla corresponderá conjunta, separada e indistintamente a TOMÁS ECHAVARRI FERNÁNDEZ, BRUNO EDUARDO ARENILLAS BIGNOTTI y/o JOAQUÍN ECHAVARRI FERNÁNDEZ, en la forma y con las facultades y limitaciones señaladas en la escritura extractada. En todo lo no modificado permanecen plenamente vigente los estatutos de la Sociedad. Demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en escritura extractada. Temuco, 12 de julio de 2023.