Instrumento
- Fecha
- 14 de junio de 2023
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $8.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: Uno) La explotación comercial de la actividad de la alimentación en la forma de restaurantes, fuentes de soda, casinos, cafeterías, gelatería, rotiserías, panadería, pastelería, bares, pub, u otras afines; Dos) La fabricación, elaboración, venta, comercialización, despacho a domicilio y distribución de alimentos preparados y sin preparar, accesorios de cocina, cigarrillos, bebidas alcohólicas, incluidos vinos y licores, y analcohólicas; Tres) La adquisición, arrendamiento, administración y explotación por cuenta propia o ajena, de toda clase de negocios o establecimientos gastronómicos y afines; Cuatro) La importación, comercialización y distribución, al por mayor y menor, de toda clase de productos relacionados con la gastronomía; Cinco) La prestación de servicios de catering y banquetería; Seis) La producción de eventos en general, en locales propios o ajenos; Siete) La realización de toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias y la percepción de sus rentas, incluyendo la participación como socio, accionista, administrador o a cualquier otro títulos, en toda clase de sociedades relacionadas con el objeto social; Ocho)La ejecución de toda otra actividad, directa o indirectamente, relacionada con el giro antes descrito
Administración
Por uno o más Gerentes, que serán designado por accionistas y también podrá designarse un Subgerente. El accionista constituyente doña JISEON PARK, viene en autodesignarse como gerente de la sociedad
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA, abogado, titular de la Cuadragésima Octava Notaría de Santiago con oficio en Avenida Apoquindo 3076, oficina 601, Las Condes, CERTIFICO: Por escritura hoy ante mí, doña JISEON PARK, coreana, casada, empresaria, cédula nacional de identidad número veinticuatro millones novecientos ochenta y cuatro mil setenta y cinco guion cero, domiciliado en Avenida El Tranque doce mil seiscientos setenta y cuatro, departamento cuatrocientos uno A, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; constituyó sociedad por acciones. RAZÓN SOCIAL: “RAMEN CASERO SpA”. DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio pueda constituir agencias, oficinas y representaciones otros lugares país o extranjero. DURACIÓN: Indefinida. OBJETO: El objeto de la sociedad será: Uno) La explotación comercial de la actividad de la alimentación en la forma de restaurantes, fuentes de soda, casinos, cafeterías, gelatería, rotiserías, panadería, pastelería, bares, pub, u otras afines; Dos) La fabricación, elaboración, venta, comercialización, despacho a domicilio y distribución de alimentos preparados y sin preparar, accesorios de cocina, cigarrillos, bebidas alcohólicas, incluidos vinos y licores, y analcohólicas; Tres) La adquisición, arrendamiento, administración y explotación por cuenta propia o ajena, de toda clase de negocios o establecimientos gastronómicos y afines; Cuatro) La importación, comercialización y distribución, al por mayor y menor, de toda clase de productos relacionados con la gastronomía; Cinco) La prestación de servicios de catering y banquetería; Seis) La producción de eventos en general, en locales propios o ajenos; Siete) La realización de toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias y la percepción de sus rentas, incluyendo la participación como socio, accionista, administrador o a cualquier otro títulos, en toda clase de sociedades relacionadas con el objeto social; Ocho)La ejecución de toda otra actividad, directa o indirectamente, relacionada con el giro antes descrito.- CAPITAL: $8.000.000, dividido en 10.000 acciones nominativas, misma serie e igual valor, sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas. ADMINISTRACIÓN: Por uno o más Gerentes, que serán designado por accionistas y también podrá designarse un Subgerente. El accionista constituyente doña JISEON PARK, viene en autodesignarse como gerente de la sociedad. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 14 junio 2023.