CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

URIBE & GONZALEZ LIMITADA

CVE 2341831
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
4 de julio de 2023
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
4 de julio de 2023
Repertorio
9944-2023
Notario
JEAN JACQUES DUTREY OSSA
Domicilio
don Luis Ignacio Manquehual Mery
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
Duración de la sociedad.- El plazo de duración de la sociedad será 5 años contados desde la fecha de la presente escritura. Este plazo se entenderá renovado automática y sucesivamente por nuevos períodos de 5 años si ninguno de los socios manifestare su intención de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se deberá inscribir al margen de la inscripción social con una anticipación de a lo menos 6 meses antes del día final del respectivo período

Objeto social

Objeto de la sociedad.- El giro, objeto o actividad económica de la empresa será: la prestación de servicios profesionales en las diversas ramas o especialidades de la publicidad, administración, asesorías contables, tributarias y laborales, estudios sociales y cualquier otra actividad profesional conexa o derivada de la principal.- La prestación de servicios conexos, análogos o complementarios de las actividades antes señaladas y sus similares; y todo lo que, en la actualidad o en el futuro, esté relacionado directa o indirectamente con todo lo anterior, y cualquier otra actividad y)o negocio que los socios acuerden

Administración

El uso de la razón social y administración de la sociedad corresponderá exclusivamente a don PAULO HANS GONZALEZ BARAHONA, la representará, con las facultades señaladas en escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JEAN JACQUES DUTREY OSSA, Abogado, Notario Público, Suplente de don Luis Ignacio Manquehual Mery, Titular 8ª, Notaria de Santiago, Huérfanos N°941, local 302, Santiago, CERTIFICO por escritura pública del 04 de Julio de 2023, otorgada ante mi, anotada bajo el repertorio Nº 9944-2023; JIMENA EMILIANA URIBE GONZALEZ, y PAULO HANS GONZÁLEZ BARAHONA, ambos domiciliados en esta ciudad, en calle Torres del Paine Oriente N°2445, casa H, Peñalolén; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada al monto de sus aportes, bajo la RAZÓN SOCIAL: “URIBE & GONZALEZ LIMITADA”, sin embargo, y para fines profesionales, tributarios, bancarios y comerciales, podrá usar el nombre de fantasía de “URI & GON Ltda.”.- OBJETO: Objeto de la sociedad.- El giro, objeto o actividad económica de la empresa será: la prestación de servicios profesionales en las diversas ramas o especialidades de la publicidad, administración, asesorías contables, tributarias y laborales, estudios sociales y cualquier otra actividad profesional conexa o derivada de la principal.- La prestación de servicios conexos, análogos o complementarios de las actividades antes señaladas y sus similares; y todo lo que, en la actualidad o en el futuro, esté relacionado directa o indirectamente con todo lo anterior, y cualquier otra actividad y/o negocio que los socios acuerden. CAPITAL: $El capital de la sociedad asciende a la suma de $1.000.000 que los socios enteran de la siguiente manera: i) JIMENA EMILIANA URIBE GONZALEZ, aporta $500.000, correspondientes al 50% de los derechos sociales, los que entera en este acto, en dinero efectivo, ingresando en arcas sociales; ii) PAULO HANS GONZALEZ BARAHONA, aporta la suma de $500.000, correspondientes al 50% de los derechos sociales, los que entera en este acto, en dinero efectivo, ingresando en arcas sociales. DOMICILIO: Santiago. ADMINISTRACIÓN: El uso de la razón social y administración de la sociedad corresponderá exclusivamente a don PAULO HANS GONZALEZ BARAHONA, la representará, con las facultades señaladas en escritura extractada. DURACIÓN: Duración de la sociedad.- El plazo de duración de la sociedad será 5 años contados desde la fecha de la presente escritura. Este plazo se entenderá renovado automática y sucesivamente por nuevos períodos de 5 años si ninguno de los socios manifestare su intención de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se deberá inscribir al margen de la inscripción social con una anticipación de a lo menos 6 meses antes del día final del respectivo período.- Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 05 de Julio de 2023.-