SERVICIOS INDUSTRIALES C & R LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 22 de junio de 2023
- Comuna
- Curacautín
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN IGNACIO SAN MARTÍN SCHRÖDER, Notario Público de la Primera Notaría de Curacautín, con oficio en calle Arica Nº 299, comuna de Curacautín, certifica: Por escritura Pública otorgada con fecha 22 de junio de 2023, ante mí, don CARLOS ORELLANA HENRÍQUEZ, domiciliado en calle Tarapacá número 656, de la comuna de Curacautín; don RODRIGO ALEJANDRO FERNÁNDEZ OLIVA, domiciliado en Parcela mi casa, Sector Agua Corta número setenta, Hualqui, y doña ALICIA DE LAS NIEVES OLIVA LEIVA, domiciliada en Parcela mi casa, Sector Agua Corta número setenta, Hualqui, acordaron respecto de la sociedad “SERVICIOS INDUSTRIALES C & R LIMITADA”, RUT: 76.526.659-9, inscrita a fojas 94.667 número 55.326 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2015, lo siguiente: A) CESIÓN DE DERECHOS SOCIALES: don CARLOS ORELLANA HENRÍQUEZ, vendió, cedió y transfirió el 100 % de sus derechos sociales, equivalentes a un 76 % de los derechos sociales en que se divide el capital de la Sociedad, a don RODRIGO ALEJANDRO FERNÁNDEZ OLIVA, y a doña ALICIA DE LAS NIEVES OLIVA LEIVA, quienes los compraron, aceptaron y adquirieron para sí, en proporción de un 67,85% para el primero y de un 32,15% para la segunda. En virtud de la cesión de derechos sociales antes referida, los socios quedan con los siguientes porcentajes en la Sociedad: i) don RODRIGO ALEJANDRO FERNÁNDEZ OLIVA, con un 76 % de los derechos sociales; y ii) doña ALICIA DE LAS NIEVES OLIVA LEIVA, con un 24 % de los derechos sociales; y B) MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS: En virtud de la cesión de derechos antes referida, don RODRIGO ALEJANDRO FERNÁNDEZ OLIVA, y doña ALICIA DE LAS NIEVES OLIVA LEIVA, en su calidad de únicos y actuales socios de la Sociedad, acordaron modificar el texto del Artículo cuarto y quinto, relativo al capital, por el siguiente: “CUARTO: La administración y el uso de la razón social corresponderá al socio RODRIGO ALEJANDRO FERNÁNDEZ OLIVA, quien actuando en representación de la sociedad y anteponiendo la razón social a sus firmas, la representará con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clases de actos y contratos…; y QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de CUARENTA Y UN MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL PESOS, que se aportó y enteró de la forma que pasa a expresarse: UNO) don RODRIGO ALEJANDRO FERNÁNDEZ OLIVA, aportó y pagó la cantidad de $31.730.000, equivalentes al 76 % de los derechos sociales; y DOS) doña ALICIA DE LAS NIEVES OLIVA LEIVA, aportó y pagó la cantidad de $10.020.000, equivalentes al 24% por ciento de los derechos sociales”. En todo lo no modificado, se mantienen íntegramente vigentes los estatutos sociales, especialmente la estipulación relativa a que los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Curacautín, 05 de julio de 2023.