Fundo El Delirio S.A.
Instrumento
- Fecha
- 6 de julio de 2023
- Repertorio
- 16596/2023
- Notario
- ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.448.494.283 CLP
Objeto social
La nueva sociedad anónima que se constituye como consecuencia de la división se denominará Compostela S.A. ii) Disminuir el capital de la Sociedad en la suma de $1.448.494.283, esto es, de la cantidad de $10.740.644.676 dividido en 205.015 acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal a la suma de $9.292.150.393 dividido en las mismas 205.015 acciones de las mismas características; y iii) Reemplazar los artículos cuarto y primero transitorio de los estatutos sociales
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número 65, Piso 2, comuna de Providencia, certifico: Que con fecha 15 de mayo de 2023, repertorio N°16.596/2023, ante mí se redujo a escritura pública el acta de la junta extraordinaria de accionistas de Fundo El Delirio S.A. (la “Sociedad”), celebrada el mismo día, a la cual asistieron los accionistas representantes del 100% de las acciones con derecho a voto de la Sociedad, quienes acordaron y aprobaron, entre otras materias: i) Dividir la Sociedad en dos sociedades anónimas, subsistiendo Fundo El Delirio S.A., en calidad de continuadora legal, con su misma razón social y objeto. La nueva sociedad anónima que se constituye como consecuencia de la división se denominará Compostela S.A. ii) Disminuir el capital de la Sociedad en la suma de $1.448.494.283, esto es, de la cantidad de $10.740.644.676 dividido en 205.015 acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal a la suma de $9.292.150.393 dividido en las mismas 205.015 acciones de las mismas características; y iii) Reemplazar los artículos cuarto y primero transitorio de los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. La constitución de la nueva sociedad que nace producto de la división de la Sociedad se extracta por separado. Se facultó al portador de extracto para su legalización. Santiago, 06 de julio de 2023.