SOCIEDAD DE INVERSIONES ARES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 23 de junio de 2023
- Notario
- MATEO ALONSO GODOY FOUQUET
- Oficio
- Notario Interino ALFONSO GASTON ALBERTO DEL FIERRO ELGART
Sociedad
- Capital
- $553.418.325 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMATEO ALONSO GODOY FOUQUET, Abogado, Notario Público Suplente del Notario Interino ALFONSO GASTON ALBERTO DEL FIERRO ELGART, según decreto judicial protocolizado, Prat 612, certifico que por escritura pública de hoy, ante mí, LAURA ANDREA MARCHANT RAITTER y JOSÉ ANTONIO MORALES CORVALÁN, ambos domiciliados en Camino Fuerte Aguayo sin número, condominio Don Maximiliano, calle Uno, parcela número doce, comuna de Concón, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, cuya razón social es SOCIEDAD DE INVERSIONES ARES LIMITADA, asignándole exclusivamente la administración de la sociedad, uso de la razón social y su representación al socio JOSÉ ANTONIO MORALES CORVALÁN, con las facultades señaladas en la escritura. El capital social se fijó en la cantidad de $553.418.325, que los socios aportan como sigue: a) LAURA ANDREA MARCHANT RAITTER aporta $2.753.325, que entera en arcas sociales y paga en acto de firma de escritura, en dinero efectivo. b) JOSÉ ANTONIO MORALES CORVALÁN aporta $550.665.000, que paga y entera en este acto con el aporte en dominio de los siguientes inmuebles y derechos: Uno) Lote número CUARENTA Y SIETE de la Etapa CUATRO del Conjunto Habitacional “Población Alfredo Nazar”, singularizado con numeración municipal por Prolongación Calle Melinka número cuatrocientos cincuenta y ocho, de conformidad al plano de loteo agregado bajo el número dos mil ciento veintiocho del Registro de Documentos del dos mil veintidós. Inmueble aportado inscrito a fojas dos mil doscientos setenta y cuatro número dos mil ciento noventa y tres del Registro de Propiedad, del Conservador de Bienes Raíces de Limache, del año dos mil dos mil veintidós. Aporte avaluado en $81.690.000. Dos) Lote número CINCUENTA Y TRES de la Etapa CUATRO del Conjunto Habitacional “Alfredo Nazar”, singularizado con numeración municipal por Pasaje María Dolores Retamal número seiscientos sesenta y uno, de conformidad al plano de loteo agregado bajo el número dos mil ciento veintiocho, del Registro de Documentos de dos mil veintidós. Inmueble aportado inscrito a fojas dos mil doscientos setenta y cinco número dos mil ciento noventa y cinco del Registro de Propiedad, del Conservador de Bienes Raíces de Limache, del año dos mil dos mil veintidós. Aporte avaluado en $82.250.000. Tres) Lote número CINCUENTA Y DOS de la Etapa CUATRO del Conjunto Habitacional “Alfredo Nazar”, singularizado con numeración municipal por Pasaje María Dolores Retamal número seiscientos cincuenta y nueve, que de conformidad al plano de loteo agregado bajo el número dos mil ciento veintiocho al Registro de Documentos del dos mil veintidós, tiene una superficie aproximada de ciento veintiocho metros cuadrados. Inmueble aportado inscrito a fojas dos mil doscientos setenta y cuatro vuelta número dos mil ciento noventa y cuatro del Registro de Propiedad, del Conservador de Bienes Raíces de Limache, del año dos mil dos mil veintidós. Aporte avaluado en $82.250.000. Cuatro) Lote número SESENTA Y SEIS de la Etapa Once del Conjunto Habitacional “Población Alfredo Nazar”, con numeración municipal por Calle Carelmapu número cuatrocientos cuarenta y ocho, de conformidad al plano de loteo número seiscientos ochenta y cuatro, agregado al Registro de Documentos del Conservador de Bienes Raíces de Limache, correspondiente al año dos mil veinte, con una superficie aproximada de ciento veintiocho metros cuadrados. Inmueble aportado inscrito a fojas cuatrocientos quince vuelta número quinientos cuarenta del Registro de Propiedad, a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Limache, del año dos mil dos mil veinte. Aporte avaluado en $70.175.000. Cinco) Departamento número C- cuatrocientos doce ubicado en la planta piso cuarto, de la torre C, la bodega número BD-noventa y tres y Estacionamiento número ED-ciento nueve ambos de la planta subterráneo segundo de la torre D, del “Edificio Costa Lilenes” con acceso por Avenida Borgoño número veinte mil quinientos y calle Las Pimpinelas número quinientos cincuenta, Comuna de Concón, individualizados en los planos archivados bajo los números ciento doce y ciento trece, respectivamente Sección Espacial de Documentos de Propiedad año dos mil nueve. Se comprenden los derechos que proporcionalmente le corresponde en los bienes y terrenos comunes del Conjunto Habitacional conforme a la Ley y reglamento de Copropiedad. El citado conjunto habitacional se construyó en el “lote cinco A” resultante de la fusión del lote cinco de la Manzana C del Loteo Costa de Montemar, hoy Avenida Las Pimpinelas número quinientos cincuenta; de parte del Lote ubicado en Avenida Borgoño número veinte mil quinientos; y del lote de terreno ubicado en Avenida Borgoño número veinte mil cuatrocientos cincuenta, todos de la comuna de Concón, de conformidad al plano de fusión que se encuentra agregado bajo el número doscientos catorce y al plano de fusión rectificatorio bajo el número doscientos quince, ambos al Registro de Documentos de Propiedad del año dos mil ocho. El citado “Lote cinco A”, se encuentra encerrado en el polígono A,B, C,D,E,F,A con una superficie aproximada de trece mil setecientos cincuenta y siete metros cuadrados. Los inmuebles aportados se encuentran inscritos a fojas seiscientos setenta y siete a fojas seiscientos setenta y siete vuelta, número seiscientos setenta y tres, el departamento, a fojas seiscientos setenta y ocho a seiscientos setenta y ocho vuelta, número seiscientos setenta y cuatro la Bodega y a fojas seiscientos setenta y nueve a fojas seiscientos setenta y nueve vuelta, número seiscientos setenta y cinco, el Estacionamiento, todos del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Concón, del año dos mil quince. Aportes avaluados en $60.000.000, el departamento, $2.000.000, la bodega, y $1.000.000, el estacionamiento. Seis) Departamento número CIENTO CINCUENTA Y UNO, ubicado en el Piso Cuatro , tipo C, del Edificio, la Bodega número QUINCE ubicada en el Piso menos UNO, ambos del Edificio UNO del Condominio Cumbres de Curauma V, con acceso por Avenida Curauma Sur número mil veintiuno, comuna de Valparaíso, y los derechos de uso y goce exclusivo del estacionamiento número OCHO del mismo Condominio, de acuerdo a la planta de emplazamiento indicada en los Planos de Copropiedad agregados bajo los números dos mil ciento ochenta y dos y tres mil ciento sesenta y uno al Registro de Documentos del año dos mil veintidós, a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso, correspondiente al año dos mil veintidós. Asimismo, se comprenden en el aporte los derechos en los bienes comunes que correspondan al inmueble antes indicado, de acuerdo con el porcentaje que se establece en el Reglamento de Copropiedad del Condominio. Los deslindes generales donde se levanta el condominio, construido en el Lote A tres, proveniente de la subdivisión del lote A, individualizado en el plano agregado bajo el número mil seiscientos nueve, al Registro de Documentos, que lleva el Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso, correspondiente al año dos mil diecisiete, rectificado por el agregado con el número dos mil quinientos cincuenta y dos al mismo registro del año dos mil dieciocho, se encuentran encerrados bajo el polígono A-B-veintiuno b- A dos y A. Los bienes aportados se encuentran inscritos a fojas trescientos cincuenta y nueve vuelta, número seiscientos tres el departamento, a fojas trescientos sesenta número seiscientos cuatro, la Bodega, ambas del Registro de Propiedad, y a fojas ciento noventa y ocho vuelta número doscientos cincuenta y cinco del Registro de Hipotecas, el Estacionamiento, todos a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso, correspondiente al año dos mil veintitrés. Aportes avaluados en $81.000.000, el departamento, $2.000.000, la bodega, y $6.800.000, el estacionamiento. Siete) Departamento número mil cuatrocientos siete del décimo cuarto piso y el estacionamiento número diecinueve del primer piso, ambos del “Edificio Alto del Llano”, con dirección por calle Ricardo Morales número dos mil novecientos cincuenta y nueve, comuna de San Miguel, Región Metropolitana, según planos archivados bajo los números 8614, 8919, de la A a la E. Se incluyen en el aporte los derechos proporcionales que le corresponden en los bienes comunes, de acuerdo a la Ley número diecinueve mil quinientos treinta y siete y al Reglamento de Copropiedad del Edificio. Los bienes aportados se encuentran inscritos a fojas dieciocho mil trescientos noventa vuelta, número trece mil setecientos cincuenta y cuatro del Registro de Propiedad, a cargo del Conservador de Bienes Raíces de San Miguel, del año dos mil doce. Aportes avaluados en $33.500.000, el departamento, y $3.000.000, el estacionamiento. Ocho) Departamento número B- ciento tres del piso decimo, de la bodega B-once del piso primero y del derecho de uso y goce exclusivo del estacionamiento treinta y cuatro, del Condominio Parque del Sol, Torre B, ubicado en la ciudad de Quilpué, calle Eleuterio Ramírez número mil ciento noventa y nueve, individualizado en el plano de Copropiedad Inmobiliaria archivado con el número dos mil ciento cincuenta y uno, en el Registro de Documentos del año dos mil seis. Se comprende en el aporte los derechos de dominio, uso y goce que corresponden en el terreno donde se ubica el edificio y demás bienes que se reputan comunes. El inmueble sobre el que se levantó dicho Condominio, corresponde al lote Z, encerrado dentro del polígono ACEGIJLA, individualizado en el plano archivado con el número quinientos cincuenta y nueve en el Registro de Documentos del año dos mil tres. Los bienes aportados se encuentran inscritos a fojas ochocientos tres número seiscientos sesenta y cinco del Registro de Propiedad a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Quilpué, correspondiente al año dos mil quince. Aportes avaluados en $41.000.000, el departamento, en $1.000.000 la bodega y $3.000.000, los derechos de uso y goce sobre el estacionamiento. El objeto de la sociedad será la compraventa, enajenación, comercialización y explotación de bienes raíces o derechos sobre inmuebles, sea comprando, vendiendo, adquiriendo, enajenando, entregándolos en arriendo, subarriendo, usufructo o en cualquier otra forma que habilite su utilización y goce. A su vez, la sociedad podrá desarrollar inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, acciones, bonos, títulos de crédito, valores mobiliarios e instrumentos del mercado financiero; dedicarse a la administración y beneficio, en cualquier forma, de bienes muebles o inmuebles; formar y participar en toda clase de sociedades y, en general, podrá emprender cualquier negocio que los socios acuerden y que se relacione directamente con cualquiera de las actividades mencionadas anteriormente. La sociedad tendrá una duración de diez años a contar de fecha de escritura y se renovará en forma tácita, automática y sucesiva por períodos iguales de diez años cada uno, salvo que uno de los socios expresare por escritura pública su voluntad de no continuar con el contrato social; debiendo, en tal caso, anotarse la escritura correspondiente al margen de la inscripción social matriz que figure en el Registro de Comercio respectivo con una anticipación de a lo menos seis meses al vencimiento del plazo o de la prorroga en curso. La sociedad no se disolverá por la muerte de uno de los socios y continuará con los herederos del socio fallecido, quienes deberán designar un mandatario común por escritura pública, la que deberá anotarse al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio. Con todo, el mandatario así designado no estará premunido de la facultad de representar a la sociedad, hacer uso de la razón social ni de administrarla, salvo que los socios sobrevivientes así lo consientan expresamente y por escritura pública, anotada al margen de la inscripción social matriz. Demás estipulaciones en escritura extractada. Valparaíso, a 23 junio 2023.