MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

S-Invest Chile SpA

RUT 76813402-2 CVE 2339512
Fecha instrumento
27 de junio de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
27 de junio de 2023
Repertorio
41977-2023
Notario
raordinaria de Accionistas de S-Invest Chile SpA WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ
Oficio
Cuadragésima Novena Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Administración

ARTICULO DÉCIMO de los Estatutos por el siguiente: “TÍTULO TERCERO: DE LA

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de S-Invest Chile SpA WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ, abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Novena Notaría de Santiago, ubicada en calle Amunátegui número setenta y tres, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana, certifica: Por escritura de fecha 27 de junio de 2023, Repertorio Nº 41.977 -2023, ante don Sergio Ulloa Ojeda, Notario Suplente de Cuadragésima Novena Notaría de Santiago se redujo a Escritura Publica el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de S-Invest Chile SpA, sociedad inscrita a fojas 86993, número 46528 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, año 2017, en la cual se acordó modificar el TÍTULO TERCERO: DE LA ADMINISTRACIÓN. ARTICULO DÉCIMO de los Estatutos por el siguiente: “TÍTULO TERCERO: DE LA ADMINISTRACIÓN. ARTICULO DÉCIMO: Se designan como Apoderados para ejercer la administración de la Sociedad a las Siguientes personas: i) Apoderado Clase A: don Steven Paul A. Van Cauwenberge. ii) Apoderado Clase B: don Alonso José Vilaboa Hormazábal y don Alex Stan Decock, iii) Apoderados Clase C: don Martin Alonso Barahona Mena, Daniel Enrique Campos Prieto y Nicolas Patricio Garcia Darras. iv) Apoderado Clase D: doña Marcela Andrea Dondero Astudillo. FORMA DE ACTUACIÓN: Los Apoderados Clase A, B, C y D podrán ejercer todos los poderes y atribuciones singularizados en los estatutos Titulo Tercero Artículo décimo de los estatutos, actuando de la siguiente forma: i) Apoderado Clase A: Podrá ejercer todos los poderes y atribuciones, sin límites, actuando en forma individual. ii) Apoderado Clase B: Podrá ejercer todos los poderes y atribuciones, actuando en forma individual, siempre y cuando los actos, contratos u operaciones en los que intervenga, tengan un valor igual o inferior a la suma de UF 1000 (mil unidades de fomento) o su equivalente en cualquier moneda. Para actos, contratos u operaciones de un valor superior a la suma de mil unidades de fomento, requerirá actuar en forma conjunta dos apoderados Clase B, o uno clase C con uno Clase B, o uno Clase B con uno Clase D. iv) Apoderado Clase D: Podrá ejercer podrá ejecutar todos los actos y suscribir los instrumentos públicos y privados que fueren necesarios a fin de celebrar, complementar, rectificar, modificar, enmendar en relación contratos de bienes muebles, inmuebles, servicios, consumo o con el giro de la sociedad. Podrá realizar cualquier otra trámite o diligencia ante cualquier autoridad que tenga por objeto dar ejecución o eficacia a los contratos celebrados. Asimismo, tramitar los instrumentos en las instituciones públicas o privadas correspondientes, otorgar poder a un tercero para esta tramitación y podrá actuar en conjunto con un Apoderado Clase B con las mismas atribuciones de un apoderado Clase C. Lo no modificado queda plenamente vigente. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 03 de Julio de 2023.