CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

AGRÍCOLA SANTA CATALINA SpA

CVE 2339448
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
14 de junio de 2023

Instrumento

Fecha
14 de junio de 2023
Repertorio
10002-202
Notario
EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
Domicilio
domiciliado en Santiago

Sociedad

Capital
$1.000 CLP

Objeto social

a) el ejercicio de todas las actividades que digan relación con la agricultura y la fruticultura, en cualquiera de sus formas, la explotación por cuenta propia o de terceros o toda clase de predios sean propios o ajenos, su arrendamiento, uso o goce, la explotación de huertos frutícolas en cualquiera de sus formas; b) la comercialización de productos frutícolas y agropecuarios, por cuenta propia o de terceros, la representación comercial de los mismos, la explotación e importación, el desarrollo de proyectos agrícolas, agropecuarios o frutícolas, por cuenta propia o ajena, o en conjunto con terceros; c) comprar, vender, administrar y explotar, para fines de inversión y renta, toda clases de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, acciones, derechos, bonos, debentures y cualquier otro instrumento del mercado de capitales o financiero, que digan relación con el desarrollo de negocios del sector agropecuario o frutícola; y d) en general cualquier otro negocio relacionado directa o indirectamente con el objeto social, así como cualquier otro objeto que determinen los

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular, domiciliado en Santiago, Luis Thayer Ojeda 359, Providencia, Certifica: por escritura pública de fecha 14 de junio de 2023, Repertorio N° 10.002-202, ante mí, Camilo Andrés Carrasco Solar, constituyó una sociedad por acciones cuyos estatutos extracto: 1) Razón Social: “AGRÍCOLA SANTA CATALINA SpA”. 2) Objeto: a) el ejercicio de todas las actividades que digan relación con la agricultura y la fruticultura, en cualquiera de sus formas, la explotación por cuenta propia o de terceros o toda clase de predios sean propios o ajenos, su arrendamiento, uso o goce, la explotación de huertos frutícolas en cualquiera de sus formas; b) la comercialización de productos frutícolas y agropecuarios, por cuenta propia o de terceros, la representación comercial de los mismos, la explotación e importación, el desarrollo de proyectos agrícolas, agropecuarios o frutícolas, por cuenta propia o ajena, o en conjunto con terceros; c) comprar, vender, administrar y explotar, para fines de inversión y renta, toda clases de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, acciones, derechos, bonos, debentures y cualquier otro instrumento del mercado de capitales o financiero, que digan relación con el desarrollo de negocios del sector agropecuario o frutícola; y d) en general cualquier otro negocio relacionado directa o indirectamente con el objeto social, así como cualquier otro objeto que determinen los accionistas. Capital: $1.000.000- dividido en 1000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, las que se suscribieron y pagaron íntegramente en el acto de constitución en dinero efectivo. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 20 de junio de 2023.- Eduardo Javier Diez Morello. Notario Público.