CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SANHUEZA Y CARVAJAL CONSULTORES LIMITADA

CVE 2339217
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
7 de junio de 2023
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
7 de junio de 2023

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Ciudad de Santiago
Duración
La sociedad empezará a regir a contar de la fecha de la escritura social y tendrá una duración de 30 años, prorrogables automática y sucesivamente por periodos iguales, a menos que alguno de los socios manifieste su voluntad de poner término a la Sociedad mediante declaración hecha por escritura pública anotada al margen de la inscripción social efectuada con anticipación no menor a 6 meses a la expiración del plazo o prórroga que estuviere vigente

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios profesionales de consultoría y asesoría, en todo tipo de materias relacionadas con las áreas del derecho, la economía, el marketing, la publicidad y la gestión de empresas, para terceros personas naturales o jurídicas, privadas o públicas, así como la realización de todo tipo de actos o contratos vinculados directa o indirectamente con el objeto descrito

Administración

Corresponderá indistintamente a RICARDO ALEJANDRO SANHUEZA PALMA y a CLAUDIA CARVAJAL ARAVENA, pudiendo actuar individualmente, uno cualquiera de ellos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

BENJAMÍN ANDRÉS CASTILLO MONTALVO, Notario Suplente del Titular de la 2° Notaría de Santiago de don Francisco Javier Leiva Carvajal, con oficio en calle Alcántara N°107, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, certifico que: Por escritura pública de fecha 07 de Junio de 2023, Rep. N°41.904-2023, ante Notario Titular, RICARDO ALEJANDRO SANHUEZA PALMA, CLAUDIA CARVAJAL ARAVENA y MARÍA JOSEFINA SANHUEZA CARVAJAL, esta última representada por Ricardo Alejandro Sanhueza Palma, todos domiciliados en Avenida La Dehesa N°1201, oficina 315, Torre Oriente, Lo Barnechea, Región Metropolitana, constituyeron la siguiente Sociedad de Responsabilidad Limitada: Nombre o razón social: “SANHUEZA Y CARVAJAL CONSULTORES LIMITADA”, pudiendo también utilizar el nombre de fantasía “SANHUEZA Y CARVAJAL CONSULTORES LTDA”.- Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezcan en el resto del país o en el extranjero. - Duración: La sociedad empezará a regir a contar de la fecha de la escritura social y tendrá una duración de 30 años, prorrogables automática y sucesivamente por periodos iguales, a menos que alguno de los socios manifieste su voluntad de poner término a la Sociedad mediante declaración hecha por escritura pública anotada al margen de la inscripción social efectuada con anticipación no menor a 6 meses a la expiración del plazo o prórroga que estuviere vigente.- Objeto: La sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios profesionales de consultoría y asesoría, en todo tipo de materias relacionadas con las áreas del derecho, la economía, el marketing, la publicidad y la gestión de empresas, para terceros personas naturales o jurídicas, privadas o públicas, así como la realización de todo tipo de actos o contratos vinculados directa o indirectamente con el objeto descrito. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000.-, que se aporta, entera y paga como se indica a continuación: a) RICARDO ALEJANDRO SANHUEZA PALMA, aporta la suma de $400.000.-, equivalentes al 40% del capital social, los que entera y paga en el acto, en dinero efectivo, ingresando a la caja social; b) CLAUDIA CARVAJAL ARAVENA, aporta la suma de $300.000.-, equivalentes al 30% del capital social, los que entera y paga en el acto, en dinero efectivo, ingresando a la caja social; y c) MARÍA JOSEFINA SANHUEZA CARVAJAL, representada por don Ricardo Alejandro Sanhueza Aravena, aporta la suma de $300.000.-, equivalentes al 30% del capital social, los que entera y paga en el acto, en dinero efectivo, ingresando a la caja social.- Administración y uso de la razón social: Corresponderá indistintamente a RICARDO ALEJANDRO SANHUEZA PALMA y a CLAUDIA CARVAJAL ARAVENA, pudiendo actuar individualmente, uno cualquiera de ellos.- Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan de escritura extractada.- Santiago, 30 de Junio de 2023.