CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA ROSE LIMITADA

CVE 2339123
Fecha instrumento
24 de junio de 2023
Notaría
Los Ángeles
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
24 de junio de 2023
Notario
Rodrigo Orlando Cantuarias Costa
Oficio
segunda Notaria de Los Ángeles
Comuna
Los Ángeles

Sociedad

Domicilio
- Ciudad de Los Ángeles
Duración
- Cinco años, contados desde esta fecha, que se renovará automática y sucesivamente por períodos iguales de cinco años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifestare por escritura pública su voluntad de poner término a la sociedad

Objeto social

- El arrendamiento y explotación de inmuebles; y cualquiera otra actividad análoga, complementaria o anexa a las señaladas

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Rodrigo Orlando Cantuarias Costa, Abogado, Notario Público Titular, de la segunda Notaria de Los Ángeles, y su territorio jurisdiccional, domiciliado en calle Lautaro número trescientos setenta y uno, de esta ciudad, Certifico que por escritura pública hoy ante mí, Comparecieron: SELIM ANDRÉS PARRA ESPINOZA, domicilio en Martín de Zamora número seis mil ochenta y dos, departamento noventa y seis, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana; ANGÉLICA LUCÍA ESPINOZA FUENTES, y ROCÍO ANGÉLICA PARRA ESPINOZA, vinieron en constituir una sociedad colectiva de responsabilidad limitada, que se regirá por las disposiciones de la ley tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones, en lo no previsto en ella, por las normas respectivas del Código de Comercio y del Código Civil: RAZÓN SOCIAL.- INMOBILIARIA ROSE LIMITADA, pudiendo usar también, incluso ante los bancos e instituciones financieras, Servicio de Impuestos Internos, Servicio de Tesorerías, Autoridades del Trabajo y demás reparticiones u organismos públicos o privados, el nombre de fantasía “ROSE LTDA.”.- OBJETO.- El arrendamiento y explotación de inmuebles; y cualquiera otra actividad análoga, complementaria o anexa a las señaladas.- CAPITAL.- TREINTA MILLONES DE PESOS, aportados a) ANGÉLICA LUCÍA ESPINOZA FUENTES, la suma de veintinueve millones cuatrocientos mil pesos, equivalente al noventa y ocho por ciento del capital social total, que que ingresó en el acto al contado y en dinero efectivo a la caja social; b) SELIM ANDRES PARRA ESPINOZA, la suma de trescientos mil pesos, equivalente al uno por ciento del capital social total, que ingresó en el acto al contado y en dinero efectivo a la caja social; y c) ROCÍO ANGÉLICA PARRA ESPINOZA la suma de trescientos mil pesos, equivalente al uno por ciento del capital social total, que ingresó en el acto al contado y en dinero efectivo a la caja social. Las utilidades y pérdidas de la sociedad se distribuirán entre los socios en proporción a su participación en el capital social. DURACIÓN.- Cinco años, contados desde esta fecha, que se renovará automática y sucesivamente por períodos iguales de cinco años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifestare por escritura pública su voluntad de poner término a la sociedad.- DOMICILIO.- Ciudad de Los Ángeles, sin perjuicio de las sucursales que puedan establecerse dentro del país o en el extranjero.- ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y EL USO DE LA RAZÓN SOCIAL, corresponderá exclusivamente a doña ANGÉLICA LUCÍA ESPINOZA FUENTES, así actuando de este modo tendrá todas las facultades necesarias para representar judicial y extrajudicialmente a la sociedad, así como para ejecutar el objeto de la compañía, de modo que, anteponiendo su firma al nombre de la sociedad, pueda obligarla en todo tipo de actos y contratos.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Los Ángeles, 24 de Junio de 2023.-