Instrumento
- Fecha
- 23 de junio de 2023
- Notario
- ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36° Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) el ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la compraventa, importación y exportación, arrendamiento, intermediación, distribución y comercialización de todo tipo de bienes muebles, por cuenta propia o ajena; b) la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas, acciones o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. C) Producción, fabricación, compraventa, comercialización, arrendamiento, y distribución de toda clase de bienes muebles. D) La importación, exportación, representación y comercialización de cualquier clase de productos, bienes o servicios. E) Actividades de consultoría de gestión, Asesorías económicas, técnicas, financieras, gerenciales, administrativas. y, Toda otra actividad que los accionistas acuerden y que no esté enumerada precedentemente. Para la consecución de su objeto la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean conducentes. Capital $1.000.000 dividido en 100 acciones, sin valor nominal, cada una nominativa, de la misma serie, íntegramente suscrito, pagadero dentro de 3 años contado desde fecha escritura. La administración de la sociedad y el uso de la razón social recaerá en Jorge Andrés Araya Vildósola o Magdalena Rosmarie Mertz Kaiser, quienes actuarán en forma individual
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular 36° Notaría Santiago, La Concepción 65, piso 2, Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 23 de Junio de 2023, ante mi suplente, don Jorge Andrés Araya Vildósola, cédula nacional de identidad número diez millones novecientos treinta mil novecientos sesenta y siete guión dos; doña Magdalena Rosmarie Mertz Kaiser, cédula nacional de identidad número ocho millones novecientos sesenta y siete mil setenta y seis guión cuatro; doña Magdalena Araya Mertz, cédula nacional de identidad número veinte millones quinientos noventa y un mil novecientos cuarenta y siete guión tres; don Agustín Araya Mertz, cédula nacional de identidad número veintiún millones ciento cinco mil cuatrocientos ochenta guión ocho, constituyeron una sociedad por acciones con Razón social: Corpfam OP SpA., Objeto: El objeto de la sociedad será: a) el ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la compraventa, importación y exportación, arrendamiento, intermediación, distribución y comercialización de todo tipo de bienes muebles, por cuenta propia o ajena; b) la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas, acciones o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. C) Producción, fabricación, compraventa, comercialización, arrendamiento, y distribución de toda clase de bienes muebles. D) La importación, exportación, representación y comercialización de cualquier clase de productos, bienes o servicios. E) Actividades de consultoría de gestión, Asesorías económicas, técnicas, financieras, gerenciales, administrativas. y, Toda otra actividad que los accionistas acuerden y que no esté enumerada precedentemente. Para la consecución de su objeto la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean conducentes. Capital $1.000.000 dividido en 100 acciones, sin valor nominal, cada una nominativa, de la misma serie, íntegramente suscrito, pagadero dentro de 3 años contado desde fecha escritura. La administración de la sociedad y el uso de la razón social recaerá en Jorge Andrés Araya Vildósola o Magdalena Rosmarie Mertz Kaiser, quienes actuarán en forma individual. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 29 de Junio de 2023.