CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Stanvery SpA

CVE 2338445
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
20 de junio de 2023

Instrumento

Fecha
20 de junio de 2023
Repertorio
9250/2023
Notario
Jean Jacques Dutrey Ossa
Oficio
Titular de la Octava Notaria de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Objeto social

La Sociedad tendrá por objeto dedicarse, ya sea por cuenta propia y)o de terceros y)o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, a las siguientes actividades: /a) la importación, exportación, comercialización, intermediación, producción, fabricación, confección, distribución, suministro, montaje, almacenamiento, bodegaje, transporte, flete, reparación, mantención, construcción, de toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, ya sean propios o de terceros; /b) la prestación de todo tipo de servicios y asesorías, incluyendo de manera enunciativa, más no limitativa, logísticos, industriales, de ingeniería, comerciales, de gestión, mineros, financieros, contables, tributarios, administrativos, sea que se presten de manera directa o por medio de terceras personas; c) servicios de asesoría, diseño, desarrollo, integración, implementación, distribución, consultoría, y comercialización de tecnologías de la información, software, soluciones tecnológicas, aplicaciones, algoritmos, interfaces de programación de aplicaciones (API), kits de desarrollo de software (SDK), integración de sistemas de redes y monitoreo remoto; d) licenciamiento de software, minería de datos, análisis y procesamiento de datos; /e) comprar y enajenar, a cualquier título, acciones, bonos, debentures, cuotas de fondos mutuos o de fondos de inversión, efectos de comercio, documentos negociables, títulos de crédito, instrumentos financieros y, en general, toda clase de títulos o valores, cualquiera sea su naturaleza, y administrar las inversiones que realice y percibir su producto; /f) concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, de comunidades y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas, chilenas o extranjeras, representar a la sociedad, con voz y voto, en todas ellas, y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquellas de que forme parte; y /g) la realización de inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, con la facultad de administrar dichas inversiones

Administración

Se designó a don Patricio Alejandro Rojas Ábalos, cédula nacional de identidad número 8951688-9 como Administrador de la Sociedad, quien actuando individualmente y anteponiendo su firma a la razón social, se entenderá facultado para representar a la Sociedad, con todas las facultades indicadas en el artículo Décimo Primero de los Estatutos Sociales sin limitación alguna

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Jean Jacques Dutrey Ossa, Abogado, Notario Público Suplente del Titular de la Octava Notaria de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery, ambos con domicilio en calle Huérfanos N°941, local 302, comuna de Santiago, certifica que: por escritura pública de fecha 20 de junio de 2023, ante el Titular, bajo el repertorio N° 9250/2023, Sikuri SpA y Pamela Victoria Pizarro Varas constituyeron una sociedad por acciones cuyos estatutos extracto. RAZÓN SOCIAL: Stanvery SpA. OBJETO: La Sociedad tendrá por objeto dedicarse, ya sea por cuenta propia y/o de terceros y/o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, a las siguientes actividades: /a/ la importación, exportación, comercialización, intermediación, producción, fabricación, confección, distribución, suministro, montaje, almacenamiento, bodegaje, transporte, flete, reparación, mantención, construcción, de toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, ya sean propios o de terceros; /b/ la prestación de todo tipo de servicios y asesorías, incluyendo de manera enunciativa, más no limitativa, logísticos, industriales, de ingeniería, comerciales, de gestión, mineros, financieros, contables, tributarios, administrativos, sea que se presten de manera directa o por medio de terceras personas; c) servicios de asesoría, diseño, desarrollo, integración, implementación, distribución, consultoría, y comercialización de tecnologías de la información, software, soluciones tecnológicas, aplicaciones, algoritmos, interfaces de programación de aplicaciones (API), kits de desarrollo de software (SDK), integración de sistemas de redes y monitoreo remoto; d) licenciamiento de software, minería de datos, análisis y procesamiento de datos; /e/ comprar y enajenar, a cualquier título, acciones, bonos, debentures, cuotas de fondos mutuos o de fondos de inversión, efectos de comercio, documentos negociables, títulos de crédito, instrumentos financieros y, en general, toda clase de títulos o valores, cualquiera sea su naturaleza, y administrar las inversiones que realice y percibir su producto; /f/ concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, de comunidades y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas, chilenas o extranjeras, representar a la sociedad, con voz y voto, en todas ellas, y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquellas de que forme parte; y /g/ la realización de inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, con la facultad de administrar dichas inversiones. CAPITAL: El capital de la Sociedad será la suma de $1.000.000, dividido en 1.000.000 de acciones nominativas, todas del mismo valor, sin valor nominal y de una misma y única serie, el cual queda íntegramente suscrito y pagado de la siguiente forma: Sikuri SpA suscribe y paga 900.000 acciones, por un valor de $900.000 y Pamela Victoria Pizarro Varas suscribe y paga 100.000, por un valor de $100.000. ADMINISTRACIÓN: Se designó a don Patricio Alejandro Rojas Ábalos, cédula nacional de identidad número 8951688-9 como Administrador de la Sociedad, quien actuando individualmente y anteponiendo su firma a la razón social, se entenderá facultado para representar a la Sociedad, con todas las facultades indicadas en el artículo Décimo Primero de los Estatutos Sociales sin limitación alguna. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 28 de junio de 2023.