MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD ACUÑA HERMANOS LIMITADA

RUT 76222530-1 CVE 2338458
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
31 de mayo de 2023
Notaría
Yumbel

Instrumento

Fecha
31 de mayo de 2023
Comuna
Yumbel

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PAMELA AILEEN FARÍAS TORRES, Notario y Conservador de Bienes Raíces, Comercio y Minas y Archivero Judicial Interino, con oficio en calle Avenida Vial 199, Cabrero: Por escritura pública de fecha 31 de mayo del año 2023, don JUAN DE DIOS ACUÑA MARDONES, domiciliado en calle General Cruz Nº 470, comuna de Cabrero; don RAMÓN SEGUNDO ACUÑA MARDONES, domiciliado en calle Diego Portales número doscientos sesenta y seis, Monte Águila, comuna de Cabrero; y don DAVID HERNÁN ACUÑA NAVARRETE, domiciliado en calle Aníbal Pinto número ciento ochenta y cuatro, de la comuna de Yungay, modificaron sociedad responsabilidad limitada, “SOCIEDAD ACUÑA HERMANOS LIMITADA”, con nombre de fantasía “ACUÑA LTDA.” constituida con fecha 02 de diciembre del año 2005, otorgada en la Notaria Yumbel, inscribiéndose el extracto correspondiente a fojas 2 vuelta, bajo el número 2, del Registro de Comercio del año 2005, del Conservador de Bienes Raíces de Cabrero. A la referida sociedad se le asignó el rol único tributario número 76.222.530-1 y modificada con fecha 02 de enero del año 2007, otorgada en la Notaria de Yumbel en el cual el socio don LORENZO DEL TRANSITO ACUÑA MARDONES, deja de pertenecer a la sociedad e ingresara a la misma con el porcentaje señalado don RAMÓN SEGUNDO ACUÑA MARDONES, transferencia cuyas condiciones da cuenta la escritura de modificación de sociedad antes referida. La referida modificación fue inscrita a fojas 2 vuelta, bajo el número 2, correspondiente al Registro de Comercio del año 2007, que lleva el Conservador de Bienes Raíces de esta ciudad de Cabrero. Modificación. En este acto y por el presente instrumento los socios referidos en la cláusula precedente acuerdan en materializar la siguiente modificación consistente en que el socio don RAMÓN SEGUNDO ACUÑA MARDONES, socio en un 50% de la totalidad de los derechos sociales, vende, cede y transfiere el 25% de sus derechos al socio don DAVID HERNÁN ACUÑA NAVARRETE, quién compra y acepta para sí aquellos derechos en el precio que más adelante se expone, socio que en consecuencia reúne 25 % de la totalidad de los derechos sociales. A su vez y en este mismo acto don JUAN DE DIOS ACUÑA MARDONES, socio en esta sociedad, viene en señalar expresamente que acepta esta cesión y todas sus consecuencias y modificaciones respecto del estatuto social. A su vez el socio don RAMÓN SEGUNDO ACUÑA MARDONES, socio en un cincuenta por ciento de la totalidad de los derechos sociales, vende, cede y transfiere el 25% de sus derechos al socio don JUAN DE DIOS ACUÑA MARDONES, quién compra y acepta para sí aquellos derechos en el precio que más adelante se expone, socio que en consecuencia reúne el 75% de la totalidad de los derechos sociales. A su vez y en este mismo acto don DAVID HERNÁN ACUÑA NAVARRETE, socio en esta sociedad, viene en señalar expresamente que acepta esta cesión y todas sus consecuencias y modificaciones respecto del estatuto social. En consecuencia, don RAMÓN SEGUNDO ACUÑA MARDONES deja de pertenecer a la sociedad y ha ingresado a la misma don DAVID HERNÁN ACUÑA NAVARRETE, con un 25% de los derechos sociales y don JUAN DE DIOS ACUÑA MARDONES, reúne el 75% de los derechos sociales. PRECIO: El precio de la cesión hecha por don RAMÓN SEGUNDO ACUÑA MARDONES, a don DAVID HERNÁN ACUÑA NAVARRETE, asciende a la suma de $5.000.000.- suma de dinero que esta declara haber recibido con anterioridad y a su más entera satisfacción de parte del cesionario en este instrumento. Y a su vez la cesión hecha por don RAMÓN SEGUNDO ACUÑA MARDONES, a don JUAN DE DIOS ACUÑA MARDONES asciende a la suma de $5.000.000.- suma de dinero que esta declara haber recibido con anterioridad y a su más entera satisfacción de parte del cesionario en este instrumento. En todo lo no modificado se mantiene vigentes estipulaciones del pacto y sus modificaciones. Demás estipulaciones escritura extractada.- Capital de constitución $2.000.000. Cabrero 28 de Junio de 2023.-