CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

REGLAW ABOGADOS LIMITADA

CVE 2338614
Fecha instrumento
27 de junio de 2023
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
27 de junio de 2023
Notario
PATRICIO RABY BENAVENTE
Oficio
Quinta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Duración
La sociedad comenzará a regir a contar de esta fecha y su duración será de un año, renovándose automática y sucesivamente por períodos de un año cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de ponerle término al vencimiento del plazo inicial o de sus prórrogas, mediante declaración hecha por escritura pública anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, con tres meses de anticipación, a lo menos, al respectivo vencimiento

Objeto social

La sociedad tiene por objeto la prestación de servicios jurídicos o legales; y, en general, ejecutar los actos y celebrar los contratos necesarios al fin indicado

Administración

Corresponde indistintamente a uno cualquiera de los

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIO RABY BENAVENTE, Abogado, Notario Público, Titular de la Quinta Notaría de Santiago, con domicilio en Gertrudis Echenique número treinta, Oficina treinta y dos, Las Condes, Santiago, certifica: Por escritura pública de 27 de junio de 2023, repertorio número 6252-2023, ante mí, PABLO EUGENIO HAMILTON SILVA, domiciliado en Vía Aurora número nueve mil doscientos cincuenta y cinco, departamento A cuatrocientos tres, comuna de Vitacura y MÓNICA CECILIA CORTÉS MONCADA, domiciliada en Julia Bernstein número mil trescientos cuarenta y siete, casa D, comuna de La Reina, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, de la que extracto: RAZÓN SOCIAL: El nombre de la sociedad es "REGLAW ABOGADOS LIMITADA", pudiendo usar para todos los efectos legales, incluso comerciales, tributarios y bancarios, indistintamente la expresión abreviada de "REGLAW LTDA.". DOMICILIO ESPECIAL: Comuna de Santiago, sin perjuicio de sucursales en otros lugares del país o del extranjero. OBJETO: La sociedad tiene por objeto la prestación de servicios jurídicos o legales; y, en general, ejecutar los actos y celebrar los contratos necesarios al fin indicado. CAPITAL: cien mil pesos, aportados cincuenta por ciento por socio Pablo Eugenio Hamilton Silva y cincuenta por ciento por socia Mónica Cecilia Cortés Moncada, ambos en dinero efectivo, ya ingresado a caja social. RESPONSABILIDAD DE LOS SOCIOS: Limitada al monto de sus aportes. ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: Corresponde indistintamente a uno cualquiera de los socios. DURACIÓN: La sociedad comenzará a regir a contar de esta fecha y su duración será de un año, renovándose automática y sucesivamente por períodos de un año cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de ponerle término al vencimiento del plazo inicial o de sus prórrogas, mediante declaración hecha por escritura pública anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, con tres meses de anticipación, a lo menos, al respectivo vencimiento. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 28 de junio de 2023.- P. Raby B. N. P.