Instrumento
- Fecha
- 29 de junio de 2023
- Repertorio
- 6079-2023
- Notario
- PATRICIO RABY BENAVENTE
- Oficio
- Quinta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $100.000.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o el extranjero
- Duración
- La sociedad comenzara a regir a partir de la fecha de la escritura y tendrá una duración de cinco años, prorrogable automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años, salvo que accionistas titulares de más de un tercio de las acciones emitidas manifestaren su voluntad de ponerle termino al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública cuyo contenido se anotara al margen de la inscripción social, todo con una anticipación de a lo menos tres meses al término del respectivo período
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto ya sea actuando directamente o a través de otras personas o sociedades, individualmente o en conjunto con otros y por cuenta propia o ajena, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero : a) la generación, implementación, desarrollo, gestión, explotación y comercialización de proyectos de generación, distribución y compraventa de energía eléctrica b) cualquier actividad anexa o relacionada con las anteriores, y en general, toda otra actividad que los accionistas acuerden. Para la consecución y desarrollo de su objeto la sociedad podrá invertir en todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporarles, comprar, vender, importar, exportar, arrendar, diseñar, producir, fabricar, construir, distribuir, adquirir o enajenar a cualquier título todo tipo de bienes, así como la explotación y administración de los mismos; constituir, adquirir derechos o acciones en otras sociedades o sus activos y)o participar en toda clase de sociedades civiles o comerciales o asociaciones, cualquiera sea su naturaleza u objeto; participar en toda clase de propuestas y licitaciones públicas o privadas; solicitar concesiones administrativas de cualquier naturaleza u objeto; y en general celebrar y ejecutar todos los actos, negocios y servicios necesarios o conducentes al desarrollo de su objeto, o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad. lo cual podrá hacer en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo valores mobiliarios
Administración
La sociedad será administrada por quien se designe en calidad de administrador, con amplías facultades que constan en la escritura extractada. Salvo en la designación del actual administrador, dicha designación deberá anotarse al margen de la inscripción social. En la escritura se designa en tal calidad a don Jaime Guillermo Venegas Castro
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO RABY BENAVENTE, Notario Público Titular de la Quinta Notaría de Santiago, con asiento en Gertrudis Echenique número 30 oficina 32, comuna de Las Condes, certifica: Por escritura pública repertorio N°6079-2023 otorgada con fecha 19 de junio de dos mil veintitrés, ante mí, don Gustavo Adolfo Venegas Castro, Ingeniero Civil Industrial, cédula nacional de identidad número 11.861.487-9, domiciliado en Juan Montalvo N° 55, departamento 1507, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana; don Ramón Francisco Castañeda Ponce, Ingeniero Civil Industrial, cédula nacional de identidad número 10.485.198-3, domiciliado en Escrivá de Balaguer N°6489, Comuna de Vitacura, Región Metropolitana; y don Jaime Guillermo Venegas Castro, cédula nacional de identidad número 11.6448.001-8, domiciliado en Patagüilla El Bosque, Parcela 5, Comuna de Curacaví, Región Metropolitana; constituyeron una sociedad por acciones de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: RAZÓN SOCIAL: Inversiones GRJ SpA. DOMICILIO: Ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o el extranjero. OBJETO: La sociedad tendrá por objeto ya sea actuando directamente o a través de otras personas o sociedades, individualmente o en conjunto con otros y por cuenta propia o ajena, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero : a) la generación, implementación, desarrollo, gestión, explotación y comercialización de proyectos de generación, distribución y compraventa de energía eléctrica b) cualquier actividad anexa o relacionada con las anteriores, y en general, toda otra actividad que los accionistas acuerden. Para la consecución y desarrollo de su objeto la sociedad podrá invertir en todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporarles, comprar, vender, importar, exportar, arrendar, diseñar, producir, fabricar, construir, distribuir, adquirir o enajenar a cualquier título todo tipo de bienes, así como la explotación y administración de los mismos; constituir, adquirir derechos o acciones en otras sociedades o sus activos y/o participar en toda clase de sociedades civiles o comerciales o asociaciones, cualquiera sea su naturaleza u objeto; participar en toda clase de propuestas y licitaciones públicas o privadas; solicitar concesiones administrativas de cualquier naturaleza u objeto; y en general celebrar y ejecutar todos los actos, negocios y servicios necesarios o conducentes al desarrollo de su objeto, o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad. lo cual podrá hacer en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo valores mobiliarios. CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de $100.000.000, divididos en 1000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, suscritas y pagaderas de la siguiente forma: don Gustavo Adolfo Venegas Castro suscribe cuatrocientos veinticinco acciones las que paga con diez millones de pesos al contado y treinta y dos millones quinientos mil pesos dentro del plazo de cinco años a contar de la fecha de la escritura ; don Ramón Francisco Castañeda Ponce suscribe cuatrocientos veinticinco acciones las que paga con diez millones de pesos al contado y treinta y dos millones quinientos mil pesos dentro del plazo de cinco años a contar de la fecha de la escritura; y don Jaime Guillermo Venegas Castro suscribe 150 acciones cuyo valor ascendente a quince millones de pesos lo pagará dentro del plazo de 5 años a contar de la fecha de la escritura. DURACIÓN: La sociedad comenzara a regir a partir de la fecha de la escritura y tendrá una duración de cinco años, prorrogable automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años, salvo que accionistas titulares de más de un tercio de las acciones emitidas manifestaren su voluntad de ponerle termino al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública cuyo contenido se anotara al margen de la inscripción social, todo con una anticipación de a lo menos tres meses al término del respectivo período. ADMINISTRACIÓN: La sociedad será administrada por quien se designe en calidad de administrador, con amplías facultades que constan en la escritura extractada. Salvo en la designación del actual administrador, dicha designación deberá anotarse al margen de la inscripción social. En la escritura se designa en tal calidad a don Jaime Guillermo Venegas Castro. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 29 de junio 2023. P. Raby B. N. P.