MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA E INVERSIONES CARILLANCA LIMITADA

RUT 78734110-1 CVE 2338530
Capital
$40.000.000 CLP
Fecha instrumento
12 de junio de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
12 de junio de 2023
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA
Oficio
43ª Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$40.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, abogado, Notario Público, Titular de la 43ª Notaria de Santiago, con oficio en esta comuna en Huérfanos N°835 piso 18, comuna de Santiago, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 12 de Junio del año 2023, REPERTORIO N°16.492-2.023, otorgada ante mí, los comparecientes don PABLO GOMEZ SOFFIA y doña INES GOMEZ SOFFIA, ambos domiciliados en calle Gertrudis Echeñique N°30 treinta, piso 23-A, comuna de Las Condes, suscribieron contrato de modificación de la sociedad “INMOBILIARIA E INVERSIONES CARILLANCA LIMITADA”, Rol Único Tributario N° 78.734.110- 1,constituida mediante escritura pública de fecha 12 de Junio del año 2023, ante el Notario Público de Santiago, don Andres Rodriguez Cruchaga, e inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a Fojas 16.640 Nº13.446 Año 1995, con un capital de $40.000.000. los comparecientes vienen en modificar el pacto social en su cláusula quinta que reglamenta la ADMINISTRACIÓN Y EL USO DE LA RAZÓN SOCIAL del modo siguiente: El Uso de la Razón Social, la administración y la representación de la Sociedad corresponderá al socio don PABLO GÓMEZ SOFFIA, la representará con las más amplias facultades, a falta, ausencia o impedimento de don Pablo Gómez Soffia, para representar a la sociedad la que deberá acreditarse en su momento, el uso de la razón social, la administración y la representación de la Sociedad corresponderá a don Roberto Enrique Palumbo Ossa, y a don Juan Manuel Bengolea Chadwick, indistintamente uno cualquiera de ellos, amplias facultades. En los negocios que implique montos superiores a $100.000.000, como también para enajenar y adquirir bienes raíces o para darlos en hipoteca, don Roberto Enrique Palumbo Ossa, y don Juan Manuel Bengolea Chadwick deberán actuar conjuntamente.- En todo lo no modificado queda plenamente vigente el pacto social. Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 15 de junio del año 2023.