Sociedad Inmobiliaria e Inversiones San José Limitada
Instrumento
- Fecha
- 20 de junio de 2023
- Repertorio
- 497
- Notario
- JUAN PABLO ESPINOSA SCHIAPPACASSE
- Oficio
- Segunda Notaría de Limache
- Comuna
- Limache
Sociedad
- Capital
- $152.631.570 CLP
Administración
La administración y uso razón social corresponderá conjuntamente a las socias Paola Carem Araya Mujica y Andrea Loreto Araya Mujica, o una de ellas con uno cualquiera de los otros socios, Gonzalo Esteban Araya Mujica o Víctor Manuel Araya Mujica, amplias facultades con limitaciones señaladas en escritura extractada. Olmué, 29 de junio de 2023
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN PABLO ESPINOSA SCHIAPPACASSE, abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Limache, con asiento en la comuna de Olmué, con oficio en Avenida Arturo Prat N°4900, oficina B, Olmué, certifico: Que por escritura pública de fecha 20 de junio de 2023, Repertorio N° 497, ante mí: comparecen Erika Ximena Mujica Correa, en Palmira Romano Sur 1200, Limache, Región de Valparaíso, Gonzalo Esteban Araya Mujica, en Av. República 2198, Limache, Región de Valparaíso, Víctor Manuel Araya Mujica, en Camino vecinal s, parcela 4, Limache, Paola Carem Araya Mujica, en Camino vecinal s, parcela 3, Limache y Andrea Loreto Araya Mujica, en Camino vecinal s, parcela 1, Limache, modifican “Sociedad Inmobiliaria e Inversiones San José Limitada”; modificaciones consisten: 1) Se retira de la sociedad Erika Ximena Mujica Correa quien vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales a Gonzalo Esteban Araya Mujica, Víctor Manuel Araya Mujica, Paola Carem Araya Mujica y Andrea Loreto Araya Mujica, aumentando el primero de ellos su participación social, y los demás ingresando como nuevos socios. En consecuencia, quedan como únicos socios los señores Gonzalo Esteban Araya Mujica, Víctor Manuel Araya Mujica, Paola Carem Araya Mujica y Andrea Loreto Araya Mujica; 2) se modifica cláusula de capital social; 3) se modifica cláusula sobre administración de la sociedad; 4) se modifican cláusulas respectivas del pacto social. En lo demás, subsiste el pacto social original. Menciones a extractar: Capital: $152.631.570, totalmente ingresado en arcas sociales, siguiente forma: 1) Gonzalo Esteban Araya Mujica aporta $38.157.893 de la siguiente manera: a) $7.631.579, aporte primitivo, ya ingresado en arcas sociales; y b) $30.526.314, correspondiente a aporte de Erika Ximena Mujica Correa cuyos derechos adquirió, ya enterados en arcas sociales, según escritura extractada; 2) Víctor Manuel Araya Mujica aporta $38.157.893, que corresponde a aporte de Erika Ximena Mujica Correa cuyos derechos adquirió, ya enterados en arcas sociales, según escritura extractada; 3) Paola Carem Araya Mujica aporta $38.157.892, que corresponde a aporte de Erika Ximena Mujica Correa cuyos derechos adquirió, ya enterados en arcas sociales, según escritura extractada; y 4) Andrea Loreto Araya Mujica aporta $38.157.892, que corresponde a aporte de Erika Ximena Mujica Correa cuyos derechos adquirió, ya enterados en arcas sociales, según escritura extractada. Administración: La administración y uso razón social corresponderá conjuntamente a las socias Paola Carem Araya Mujica y Andrea Loreto Araya Mujica, o una de ellas con uno cualquiera de los otros socios, Gonzalo Esteban Araya Mujica o Víctor Manuel Araya Mujica, amplias facultades con limitaciones señaladas en escritura extractada. Olmué, 29 de junio de 2023.