SOCIEDAD DE EXPLORACIÓN, EXPLOTACIÓN Y GESTIÓN MINERA ADA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 27 de junio de 2023
- Repertorio
- 1348-2023
- Notario
- EVELYN CAROLINA SÁNCHEZ TAPIA
- Oficio
- Cuadragésima Cuarta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: la extracción de cobre, oro, plata, minerales metalíferos y no metálicos, explotación de canteras, producción de áridos, petróleo y gas natural, servicios de ingeniería, servicios de ingeniería ambiental, servicios en monitoreo ambiental, asesorías en medio ambiente, análisis de aguas, y / o gases, caracterizaciones de minerales, toma de muestras, control y análisis de riles, la compra y venta de propiedades o concesiones mineras, la compra y venta de minerales, fabricación de productos primarios de metales preciosos y otros en cualquiera de sus especies, comercialización de toda clase de productos mineros; y, la exploración y explotación, por cuenta propia o a través de terceros, de toda clase de propiedad minera, propia o de terceras personas, capacitación, transferencia tecnológica, importación, exportación y compraventa de productos y subproductos de cobre y otros metales, arriendo de máquinas y equipos para la minería y construcción, compra y venta de materiales de construcción, arriendo de vehículos, obras civiles y estructurales, mantención y reparación de instalaciones, representación, royalties y administración de marcas, la comercialización, adquisición, venta, distribución, importación, exportación, por cuenta propia o como representante de una o más personas naturales o jurídicas, de toda clase de instrumentos, maquinarias, aparatos, dispositivos, equipos, repuestos, herramientas, e implementos relacionados con ellos; asimismo la sociedad podrá celebrar todo tipo de contratos y ejecutar toda clase de actos necesarios o convencionales para el desempeño de su giro o que directa o indirectamente se relacionen con la minería y)o construcción, pudiendo actuar, en la consecución de sus fines, por cuenta propia o ajena, sola o asociada con otras personas naturales o jurídicas, dentro o fuera del país; ejecutar todos los actos y concertar todas las convenciones que sean conducentes a dichos objetivos; y todo lo que, en cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro, tenga que ver con todo lo dicho, y cualquier otro negocio que acordaren los
Administración
La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don JUAN PABLO PAVÓN CÁCERES, quien al actuar y anteponer a su firma la razón social de la Sociedad podrán realizar toda clase de actos y contratos, contando con las más amplias facultades en escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA "SOCIEDAD DE EXPLORACIÓN, EXPLOTACIÓN Y GESTIÓN MINERA ADA LIMITADA" O "MINERA ADA LTDA." EVELYN CAROLINA SÁNCHEZ TAPIA, Notario Público Titular de la Cuadragésima Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Vitacura número tres mil setecientos veinticuatro, comuna de Vitacura, certifica: Por escritura pública repertorio 1348-2023, otorgada el día 27 de junio de 2023, ante mí; don JUAN PABLO PAVÓN CÁCERES, chileno, soltero, periodista, cédula de identidad número diecisiete millones trescientos setenta y siete mil cuatrocientos uno guion K, domiciliado en calle Jorge Washington número doscientos diez, departamento setecientos seis, comuna de Ñuñoa; doña VICTORIA ANDREA GUERRA JIMÉNEZ, chilena, soltera, enfermera, cédula de identidad número diecinueve millones trescientos setenta y cuatro mil novecientos veinticuatro, domiciliada en Pasaje El Clarinete número ochocientos uno, comuna de Maipú; don JUAN MARCELO GONZÁLEZ AGUILERA, chileno, divorciado, operador de maquinaria pesada, cédula de identidad número doce millones quinientos cuarenta y tres mil cuatrocientos setenta y uno guion uno, domiciliado en calle Once Oriente con calle Dieciocho Norte B, número mil novecientos veinte, Villa Lomas de Lircay, comuna de Ta1ca, quien comparece debidamente representado, por don JUAN PABLO PAVÓN CÁCERES, previamente individualizado, lo que consta de escritura pública de mandato especial de fecha catorce de junio de dos mil veintitrés, otorgada ante don Jaime Andrés Silva Sciberras, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Talca, documento que no se inserta por ser conocido de las partes, y de la Notario que autoriza, y por expresa solicitud de las primeras; y don MARIO ANDRÉS PEÑALOZA YÁÑEZ, chileno, soltero, maestro de la construcción, cédula de identidad número doce millones cuatrocientos ochenta mil setecientos noventa y seis guion cuatro, domiciliado en calle Quilicura número dos mil doscientos, Villa Las Arboledas, comuna de Conchalí, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, regida por las normas de la Ley número tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones, y por las disposiciones del Código Civil y de Comercio, en cuanto sean aplicables, y en especial por las disposiciones de sus Estatutos. Razón Social: SOCIEDAD DE EXPLORACIÓN, EXPLOTACIÓN Y GESTIÓN MINERA ADA LIMITADA, pudiendo también actuar indistintamente ante bancos y terceros con el nombre de fantasía MINERA ADA LTDA., los que podrán ser indistintamente utilizados. Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio en Santiago, sin perjuicio de las sucursales, representaciones o agencias que pueda establecer en el país o en el extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: El objeto de la sociedad será: la extracción de cobre, oro, plata, minerales metalíferos y no metálicos, explotación de canteras, producción de áridos, petróleo y gas natural, servicios de ingeniería, servicios de ingeniería ambiental, servicios en monitoreo ambiental, asesorías en medio ambiente, análisis de aguas, y / o gases, caracterizaciones de minerales, toma de muestras, control y análisis de riles, la compra y venta de propiedades o concesiones mineras, la compra y venta de minerales, fabricación de productos primarios de metales preciosos y otros en cualquiera de sus especies, comercialización de toda clase de productos mineros; y, la exploración y explotación, por cuenta propia o a través de terceros, de toda clase de propiedad minera, propia o de terceras personas, capacitación, transferencia tecnológica, importación, exportación y compraventa de productos y subproductos de cobre y otros metales, arriendo de máquinas y equipos para la minería y construcción, compra y venta de materiales de construcción, arriendo de vehículos, obras civiles y estructurales, mantención y reparación de instalaciones, representación, royalties y administración de marcas, la comercialización, adquisición, venta, distribución, importación, exportación, por cuenta propia o como representante de una o más personas naturales o jurídicas, de toda clase de instrumentos, maquinarias, aparatos, dispositivos, equipos, repuestos, herramientas, e implementos relacionados con ellos; asimismo la sociedad podrá celebrar todo tipo de contratos y ejecutar toda clase de actos necesarios o convencionales para el desempeño de su giro o que directa o indirectamente se relacionen con la minería y/o construcción, pudiendo actuar, en la consecución de sus fines, por cuenta propia o ajena, sola o asociada con otras personas naturales o jurídicas, dentro o fuera del país; ejecutar todos los actos y concertar todas las convenciones que sean conducentes a dichos objetivos; y todo lo que, en cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro, tenga que ver con todo lo dicho, y cualquier otro negocio que acordaren los socios.- Capital: $3.000.000.- el que los socios han aportado e íntegramente pagado, en dinero efectivo, en la siguiente proporción: a) don JUAN PABLO PAVÓN CÁCERES, con la suma de setecientos cincuenta mil pesos, equivalentes a un veinticinco por ciento de los derechos sociales; b) doña VICTORIA ANDREA GUERRA JIMÉNEZ, con la suma de setecientos cincuenta mil pesos, equivalentes a un veinticinco por ciento de los derechos sociales; e) don JUAN MARCELO GONZÁLEZ AGUILERA, con la suma de setecientos cincuenta mil pesos, equivalentes a un veinticinco por ciento de los derechos sociales; y d) don MARIO ANDRÉS PEÑALOZA YÁÑEZ, con la suma de setecientos cincuenta mil pesos, equivalentes a un veinticinco por ciento de los derechos sociales. Responsabilidad: Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia de sus respectivos aportes. Las utilidades se repartirán y las pérdidas se distribuirán entre los socios en proporción a sus respectivos aportes. Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don JUAN PABLO PAVÓN CÁCERES, quien al actuar y anteponer a su firma la razón social de la Sociedad podrán realizar toda clase de actos y contratos, contando con las más amplias facultades en escritura extractada. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 28 de junio de 2023.-