CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

MyM SpA

CVE 2338093
Fecha instrumento
14 de junio de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
14 de junio de 2023
Repertorio
9347-2023
Notario
PATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA
Oficio
48° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Objeto social

La Sociedad tiene por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA, Abogada, Notario Público, Titular de la 48° Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo 3076, oficina 601, certifica que: Por escritura pública de fecha 14 de junio de 2023, repertorio N° 9347-2023, ante mí, Martín Vercellino Martínez, viene en constituir una sociedad por acciones que se regirá por los siguientes estatutos: 1. Razón social: “MyM SpA”. 2. Objeto: La Sociedad tiene por objeto: (a) efectuar inversiones en todo tipo de sociedades, fondos de inversión, en todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, por cuenta propia o ajena, para lo cual podrá adquirir toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo acciones, derechos sociales bonos, pagarés, efectos de comercio, letras hipotecarias, cuotas de fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión públicos o privados, documentos del mercado de capitales o financieros, u otros valores mobiliarios o títulos de renta o inversión, en Chile o en el extranjero, pudiendo formar, ingresar y participar en toda clase de sociedades, civiles y comerciales, ya sean colectivas, comandita por acciones o simplemente en comandita, concurriendo como socia comanditaria o gestora en éstas últimas, anónimas, de responsabilidad limitada o por acciones, cualquiera sea su objeto, así como en toda clase de comunidades, asociaciones y cuentas en participación, cualquiera fuese su naturaleza, la administración y explotación de estas inversiones y la percepción de sus frutos; (b) La realización de asesorías económicas, financieras, comercio exterior, administrativa, contable, de análisis integral o de aspectos técnicos de empresas; (c) Todo acto, contrato, negocio, actividad o industria que los socios acuerden en el futuro; (d) la prestación de servicios profesionales; (e) la celebración de todos los demás actos y contratos tendientes al cumplimiento del giro social señalado; y, (f) ejecutar todas las operaciones, actividades, negocios o inversiones que acuerden los accionistas y que digan relación con el objeto social. 3. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de diez millones de pesos, dividido en cien acciones ordinarias, de una misma serie, nominativas, de igual valor cada una y sin valor nominal. El capital se suscribe íntegramente por el accionista constituyente de la Sociedad, quien suscribe cien acciones, equivalentes a la suma de diez millones de pesos, los que se obliga a pagar al contado y en dinero en efectivo en un plazo de seis meses desde la fecha de la escritura extractada. Santiago, 28 de junio de 2023.