CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Inmobiliaria El Bosque SpA

CVE 2337989
Capital
$124.203 CLP
Fecha instrumento
2 de junio de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
2 de junio de 2023
Repertorio
4739/2023
Notario
MYRIAM AMIGO ARANCIBIA
Oficio
21ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$124.203 CLP
Ley aplicable
Ley 19.499

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Abogado, Notario Público Titular, 21ª Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos Nº 578, Santiago. Certifica: Que por escritura pública de fecha 02 de junio de 2023, repertorio Nº 4739/2023, ante mí, don Rodrigo Antonio Zúñiga Navarro, abogado, debidamente facultado y en representación de la totalidad de los accionistas de la sociedad INMOBILIARIA EL BOSQUE SpA, ambos domiciliados en Avenida nueva providencia N°1860 oficina 61, comuna de Providencia, Región Metropolitana; Saneo la Sociedad “INMOBILIARIA EL BOSQUE SpA”, constituida de la división de la sociedad “INMOBILIARIA E INVERSIONES SAN CRISTÓBAL SOCIEDAD ANONIMA”, otorgada por Junta Extraordinaria de Accionistas debidamente reducida a escritura pública con fecha 1 de agosto del año dos mil veintidós, en la Notaría de doña MYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Notario Público Titular, 21ª Notaría de Santiago, cuyo extracto se inscribió a fojas 30.941 N°14034 de Registro de Comercio de Santiago del año 2023. Saneamiento que consistió en lo siguiente: “Que en el extracto de constitución de la sociedad en su redacción se estableció lo siguiente respecto al capital: “CAPITAL: $124.203.287 dividido en 1.655 acciones nominativas de una misma serie, sin valor nominal, se encuentra íntegramente suscrito y pagado de la siguiente forma: Uno) Don Julio Enrique Nallar Abud, suscribe la cantidad de 1.144 acciones por un valor de $200.180.447, ya pagado y enterado a caja social; y Dos) Doña Rosa Tania Madrid Veliz, suscribe la cantidad de 511 acciones por un valor de $89.416.266, ya pagado y enterado a caja social.”. Por existir un error de redacción en el extracto de constitución respecto en los aportes que suscriben los accionistas, existe claramente una diferencia en el Capital suscrito en la escritura de constitución de la sociedad, respecto del extracto estatutario inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, el que debe decir lo siguiente: “CAPITAL: $124.203.287 dividido en 1.655 acciones nominativas de una misma serie, sin valor nominal, se encuentra íntegramente suscrito y pagado de la siguiente forma: Uno) Don Julio Enrique Nallar Abud, suscribe la cantidad de 1.144 acciones por un valor de $85.854.115, ya pagado y enterado a caja social; y Dos) Doña Rosa Tania Madrid Veliz, suscribe la cantidad de 511 acciones por un valor de $38.349.172, ya pagado y enterado a caja social.”. Que se omitió inscripción y la publicación en el Diario Oficial del extracto de constitución de la sociedad. Por tanto, es necesario corregir los vicio consistente en los aportes de los accionistas y en el haber omitido la inscripción y publicación de su extracto dentro del plazo legal en el Diario Oficial. Saneando en virtud de la Ley 19.499 los vicios de nulidad producidos por un error de redacción en el extracto de constitución respecto en los aportes que suscriben los accionistas y la omisión en la inscripción y publicación de la sociedad de su extracto, y proceder a efectuar inscripción y publicación dentro del plazo legal. Demás estipulaciones, escritura saneamiento extractada. Santiago, 29 de junio de 2023.-