MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Grinpet SpA

RUT 77088086-6 CVE 2337956
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
7 de junio de 2023

Instrumento

Fecha
7 de junio de 2023
Notario
PAULINA CONSTANZA ESTAY CALZADILLA
Oficio
Notaría N°29 de Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PAULINA CONSTANZA ESTAY CALZADILLA, Notario Público Interino de la Notaría N°29 de Santiago, con domicilio en calle Mac-Iver N°225, oficina 302, Santiago, certifica: Que por escritura pública de fecha 7 de junio de 2023, ante mí, comparecen: doña MARÍA DEL PILAR DEL CARMEN OVALLE LARRAÍN, domiciliada para estos efectos en Avenida Vitacura N°3.501, comuna de Vitacura, Santiago; y LA MACARENA SPA, domiciliada para estos efectos en Avenida Américo Vespucio Norte N°2.050, departamento 305, comuna de Vitacura, Santiago. Los comparecientes, en su calidad de actuales y únicos accionistas según el Registro Individual de Accionistas que he tenido a la vista de “GRINPET SpA”, inscrita a Fs. 86.170, N°42.334 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2019, acordaron modificar la sociedad del centro. Modificaciones consisten en: 1) Aumento de capital: Aumentar el capital de la Sociedad, actualmente ascendente a la suma de $1.000.000.-, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, cada una de igual valor, en la suma de $6.780.930.-, mediante la emisión de 6.780 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor nominal. De esta manera el capital quedará fijado en la suma de $7.780.930.-dividido en 7.780 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, cada una de igual valor. El mencionado aumento de capital es íntegramente suscrito y pagado únicamente por la sociedad La Macarena SpA. 2) Modificación de Estatutos: (i) Sustituir el Artículo Quinto de los estatutos sociales en el siguiente sentido: Artículo Quinto. Capital: Uno. El capital de la Sociedad asciende a $7.780.930.- dividido en 7.780 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, cada una de igual valor, sin perjuicio de las modificaciones del capital y del valor de las acciones que se produzcan de pleno derecho en conformidad a las disposiciones del presente estatuto social y en forma supletoria de acuerdo a las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas. El capital se suscribe y paga por los accionistas en la forma que se expresa en el artículo transitorio de estos estatutos. Dos. Las acciones de la Sociedad podrán ser pagadas en dinero efectivo o con otros bienes debidamente valorizados por el ciento por ciento de las acciones. (ii) Sustituir el Artículo Transitorio relativo a la Suscripción y Pago del Capital, lo cual no es materia de extracto. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 28 de junio de 2023.