Eliana Rosales e Hijos Limitada
Instrumento
- Fecha
- 5 de junio de 2023
- Notario
- IVAN TORREALBA ACEVEDO
- Oficio
- Trigésima Tercera Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $272.123 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de la Trigésima Tercera Notaría Santiago, calle Huérfanos 979, oficina 501 certifica: que por escritura pública de fecha 5 de junio de 2023, ante mi Suplente doña Verónica Torrealba Costabal, Eliana Del Carmen Rosales Balanda, domiciliada para estos efectos en Granja Eliana, sin número, sector San Ramón, comuna y Región de Coquimbo, y de paso por esta ciudad; Francisco Javier Vergara Rosales, domiciliado para estos efectos en Condominio Lomas de Bellavista, sitio número 12, comuna de La Serena, Región de Coquimbo, y de paso por esta ciudad; Cristián Andrés Vergara Rosales, domiciliado para estos efectos en Pasaje Flamingo número 1142, comuna de La Serena, Región de Coquimbo, y de paso por esta ciudad; María José Vergara Rosales, domiciliada para estos efectos en Parcela número 1, San Ramón, comuna y Región de Coquimbo, y Juan Pablo Vergara Rosales, domiciliado para estos efectos en calle Nueva Costanera número 1247, La Herradura, comuna y Región de Coquimbo, y de paso por esta ciudad, acordaron la modificación de la sociedad Eliana Rosales E Hijos Limitada (la “Sociedad”), inscrita a fojas 195 número 77 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Coquimbo del año 2022, en los siguientes términos: (i) La socia Eliana Del Carmen Rosales Balanda, donó la nuda propiedad sobre el 98,04% de los derechos sociales que le correspondían en la Sociedad, a Francisco Javier Vergara Rosales, Cristián Andrés Vergara Rosales, María José Vergara Rosales y Juan Pablo Vergara Rosales, en partes iguales, quienes aceptan y adquieren para sí, cada uno, la nuda propiedad sobre 24,6% de dichos derechos sociales; (ii) Con motivo de la donación, Eliana Del Carmen Rosales Balanda se retira como socia de la Sociedad, y los socios Francisco Javier Vergara Rosales, Cristián Andrés Vergara Rosales, María José Vergara Rosales y Juan Pablo Vergara Rosales, aumentan su participación social; (iii) En consecuencia, los socios acordaron reemplazar los artículos Cuarto y Primero Transitorio de los estatutos, los que quedan del siguiente tenor: “CUARTO: Capital. El capital de la sociedad es la suma de $272.123.546 que los socios suscriben y pagan íntegramente en la siguiente forma y proporción: /a/ Francisco Javier Vergara Rosales, la suma de $68.030.886,5, equivalentes al 25% del capital social, el cual se encuentra íntegramente pagado y enterado en la caja social, a entera satisfacción de la sociedad; /b/ Cristián Andrés Vergara Rosales, la suma de $68.030.886,5, equivalentes al 25% del capital social, el cual se encuentra íntegramente pagado y enterado en la caja social, a entera satisfacción de la sociedad; c) María José Vergara Rosales, la suma de $68.030.886,5, equivalentes al 25% del capital social, el cual se encuentra íntegramente pagado y enterado en la caja social, a entera satisfacción de la sociedad; y d) Juan Pablo Vergara Rosales, la suma de $68.030.886,5, equivalentes al 25% del capital social, el cual se encuentra íntegramente pagado y enterado en la caja social, a entera satisfacción de la sociedad.” y “PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la Sociedad se aporta y entera de la siguiente manera: /a/ Francisco Javier Vergara Rosales, la suma de $68.030.886,5, equivalentes al 25% del capital social, el cual se encuentra íntegramente pagado y enterado en la caja social, a entera satisfacción de la sociedad; /b/ Cristián Andrés Vergara Rosales, la suma de $68.030.886,5, equivalentes al 25% del capital social, el cual se encuentra íntegramente pagado y enterado en la caja social, a entera satisfacción de la sociedad; c) María José Vergara Rosales, la suma de $68.030.886,5, equivalentes al 25% del capital social, el cual se encuentra íntegramente pagado y enterado en la caja social, a entera satisfacción de la sociedad; y d) Juan Pablo Vergara Rosales, la suma de $68.030.886,5, equivalentes al 25% del capital social, el cual se encuentra íntegramente pagado y enterado en la caja social, a entera satisfacción de la sociedad.”; y (iv) Acordaron eliminar las palabras “socia” y “socio”, en el artículo Octavo de los estatutos, donde dice “socia, doña Eliana Del Carmen Rosales Balanda” y donde dice “socio administrador”, respectivamente. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 19 de junio del año 2023.