DEL PARQUE SERVICIOS GASTRONÓMICOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 24 de mayo de 2023
- Notario
- Ricardo Fontecilla Gallardo
- Oficio
- Segunda Notaría Puerto Varas con Oficio en Llanquihue
- Comuna
- Puerto Varas
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRicardo Fontecilla Gallardo, Notario Público Titular de la Segunda Notaría Puerto Varas con Oficio en Llanquihue, Avenida Vicente Pérez Rosales 213, certifico que ante mí, por escritura de fecha 24 de mayo de 2023, RAFFAELE COSSIMO GENARO DI BIASE CUOMO, Pasaje Los Carpinteros Nº596, Puerto Varas, Región de Los Lagos; RODRIGO SMILJAN ETEROVIC SUDY, Fundo Las Cumbres Parcela Nº6, Puerto Varas, Región de Los Lagos; FRANCISCO JAVIER ABE MONTT, Las Bandurrias, casa G6, Puerto Varas Región de los Lagos; constituyen una sociedad de responsabilidad limitada. El objeto de la sociedad es: A) La inversión, desarrollo, ejecución, gestión, diseño de negocio y participación como sociedad, de proyectos, emprendimientos y empresas del rubro culinario o gastronómico, incluidos, entre otros, restaurantes, restaurantes digitales, cafeterías, cantinas, bares, agregadores, servicios de reparto de comidas y bebidas, servicios de catering, y en general, la instalación de locales enfocados en la preparación y servicio de comidas y bebidas, y la entrega o sola puesta a disposición de éstos al público de éstos por cualquier vía. B) La inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, acciones, bonos, títulos de crédito, valores mobiliarios e instrumentos del mercado financiero, con el fin de colaborar en la consecución del objeto anterior; C) La administración y explotación en cualquier forma de dichos bienes, así como de los frutos o productos que resulten de la ejecución de los objetos anteriores; D) La participación en concursos, licitaciones, propuestas, o sus símiles, generadas por los organismos del Estado, las empresas autónomas del Estado, corporaciones o fundaciones de Derecho Público o privado, entidades particulares, o asociaciones entre unos y otros, sean o no patrocinadas por leyes, decretos, decretos leyes reglamentos u ordenanzas que beneficien al proponente o a la propuesta y que tengan por objeto, la creación, desarrollo, implementación y ejecución de proyectos culinarios o gastronómicos, entendidos como los referidos en la letra A anterior, o de otro tipo que implique el servicio de comidas o bebidas, la difusión de la cultura culinaria chilena o extranjera, nacional o regional, y la organización y participación en eventos, presentaciones, seminarios u otro tipo de encuentros o reuniones de carácter culinarios o gastronómicos, regionales, nacionales e internacionales realizados con o sin difusión mediática, radiofónica o televisiva. E) La organización y participación en eventos, presentaciones, seminarios u otro tipo de encuentros o reuniones de carácter culinarios o gastronómicos, regionales, nacionales e internacionales realizados con o sin difusión mediática, radiofónica o televisiva; F) La participación como socia en toda clase de compañías, de personas o capitales o de cuentas en participación, pudiendo para el efecto organizarlas, constituirlas e integrarse a ellas haciendo aportes en dinero, bienes corporales e incorporales, como también administrar o tomar parte en la administración de sociedades de cualquier naturaleza, en toda clase de corporaciones o fundaciones regidas por el título treinta y tres del Libro primero del Código Civil, e igualmente administrar y explotar bienes muebles e inmuebles de personas, comunidades, sociedades, corporaciones y fundaciones, y en general, la ejecución de cualquier acto y celebración de cualquier contrato civil o comercial que tienda, directa o indirectamente a la consecución de los fines sociales. Asimismo la participación como integrante en asociaciones gremiales relacionadas directa o indirectamente con los rubros relacionados con los objetos sociales; G) El desarrollo, inscripción y aprovechamiento de marcas comerciales, patentes industriales, obras literarias o de divulgación científica, y otras obras provenientes del intelecto, relacionados con el desarrollo de proyectos culinarios o gastronómicos o con materias relacionadas. H) En general, el desarrollo de cualquier negocio que los socios acuerden relacionados directamente con los anteriores. En la concreción, desarrollo e implementación del objeto social, se describe en las letras anteriores, la Sociedad podrá diseñar, desarrollar, implementar, y en su caso, comercializar, productos o servicios, tales como, y sin que la enumeración sea taxativa: plataformas tecnológicas; merchandising de las marcas que eventualmente se creen; charlas TEDx; seminarios y cursos pregrabados o no; etc.- El nombre de la sociedad y su razón social será “DEL PARQUE SERVICIOS GASTRONÓMICOS LIMITADA”, pudiendo ocupar el nombre de fantasía “GASTRONÓMICA DEL PARQUE LIMITADA”. La sociedad tendrá su domicilio en Puerto Varas, sin perjuicio de las sucursales, representaciones o agencias en el país o en el extranjero. La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a dos cualquiera de los socios de consuno, con las más amplias facultades pudiendo obligarla en toda clase de actos. El plazo de duración será 5 años contados desde inscripción del extracto en el Registro de Comercio respectivo, renovables tácita y sucesivamente por períodos iguales. El capital de la sociedad será $1.000.000, aportados: a) Raffaele Cossimo Genaro Di Biase Cuomo $333.334, que entera de contado en este acto; b) Rodrigo Eterovic Sudy $333.333, que entera de contado en este acto; c) Francisco Javier Abe Montt $333.333 que entera de contado en este acto. Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Llanquihue, 29 de Junio de 2023.-