MJI LIMITADA
Instrumento
- Notario
- CECILIA GALVEZ PINO
- Domicilio
- Viña del Mar
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCECILIA GALVEZ PINO, Abogada, Notario Público Titular de Viña del Mar, con oficio en Viña del Mar, Avda. Libertad 1155-A, certifica: Que por escritura pública hoy ante mi BENJAMÍN PATRICIO ARANEDA HERRERA, cédula de identidad N°12.045.033-6, por sí y en representación de la SOCIEDAD INVERSIONES PATRICIO ARANEDA Y CIA LIMITADA, rol único tributario número setenta y seis millones novecientos quince mil trescientos treinta guión seis, domiciliado en calle El Litre número mil seiscientos ochenta y cinco, Santa Inés, Viña del Mar y doña ANDREA PAOLA RIQUELME GOMEZ, cédula de identidad N°11.679.520-5, domiciliada en calle El Litre número mil seiscientos ochenta y cinco, Santa Inés, Viña del Mar, modificaron Sociedad de Responsabilidad Limitada “MJI Limitada” o “MJI LTDA”.”.- de la siguiente forma: 1) En este acto don BENJAMIN PATRICIO ARANEDA HERRERA, por sí, vende, cede y transfiere el noventa y ocho por ciento de la totalidad de los derechos que tiene en la sociedad “MJI LIMITADA”, individualizada en la cláusula anterior, a la SOCIEDAD INVERSIONES PATRICIO ARANEDA Y COMPAÑÍA LIMITADA, representada legalmente por don BENJAMIN PATRICIO ARANEDA HERRERA, quien la acepta para la sociedad. El precio de la cesión es la suma de cuatro millones novecientos mil pesos, que se paga en este acto al contado y en dinero en efectivo, a entera satisfacción del cedente. 2) En este acto, doña ANDREA PAOLA RIQUELME GOMEZ, vende, cede y transfiere el noventa y ocho por ciento de la totalidad de los derechos que tiene en la sociedad “MJI LIMITADA”, individualizada en la cláusula anterior, a la SOCIEDAD INVERSIONES PATRICIO ARANEDA Y COMPAÑÍA LIMITADA, representada legalmente por don BENJAMIN PATRICIO ARANEDA HERRERA, quien la acepta para la sociedad. El precio de la cesión es la suma de cuatro millones novecientos mil pesos, que se paga en este acto al contado y en dinero en efectivo, a entera satisfacción del cedente. 3) Como consecuencia de las cesiones de derechos señaladas en las clausulas precedentes, han quedado como socios de la sociedad “MJI LIMITADA”, las siguientes personas con las participaciones sociales que se indican a continuación: a) SOCIEDAD INVERSIONES PATRICIO ARANEDA Y CIA LIMITADA, con un noventa y ocho por ciento de los derechos sociales, b) BENJAMIN PATRICIO ARANEDA HERRERA, con un uno por ciento de los derechos sociales; y c) ANDREA PAOLA RIQUELME GOMEZ, con un uno por ciento de los derechos sociales. 4) En todo lo no expresamente modificado, sigue rigiendo inalterado el pacto social singularizado en la cláusula primera de la presente escritura, continuando limitada la responsabilidad de los socios hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones escritura extractada.- Viña del Mar, 30 de mayo del 2023.