LILAS SOCIEDAD ANÓNIMA DEPORTIVA PROFESIONAL
Instrumento
- Fecha
- 31 de mayo de 2023
- Notario
- FELIX JARA CADOT
- Oficio
- 41ª Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $845.631.285 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Sociedad Comercial MP SpA | socio | 77119433-8 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFELIX JARA CADOT, Notario Público Titular 41ª Notaria de Santiago, con domicilio en Huérfanos N° 1160, subsuelo, Santiago, certifica: Que con fecha 31 de mayo de 2023, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de LILAS SOCIEDAD ANÓNIMA DEPORTIVA PROFESIONAL, celebrada con esta misma fecha y con asistencia de: Sociedad Comercial MP SpA, R.U.T. N° 77.119.433-8, debidamen te representada por Esteban Efraín Paredes Sánchez, C.I. N° 13.899.344- 2; Mario Efraín Paredes Sánchez, C.I. N° 7.894.799-3 y Guillermo Lee Lastra , C.I. N° 16.242.426-2, todos domiciliados para estos efectos en El Molo 75-B, San Antonio, Región de Valparaíso, quienes en su calidad de únicos accionistas de “LILAS SOCIEDAD ANÓNIMA DEPORTIVA PROFESIONAL”, inscrita a fojas 30 N° 30 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de San Antonio del año 2013, acordaron lo siguiente: (i) Aumentar el capital de la sociedad de la suma actual de $845.631.285, dividido en 99.974 acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal; a la suma de $1.250.044.947 dividido en 147.785 acciones acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, es decir, se aumenta el capital en la suma de $404.413.662, mediante la emisión de 47.811 acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, íntegramente suscritos y pagados en la Junta. (ii) Se modifica el artículo Quinto permanente de los estatutos sociales relativo al capital, reemplazando su texto actual por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de $1.250.044.947, dividido en 147.785 acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal. El capital se suscribe y entera en la forma que se indica en el artículo segundo transitorio de estos estatutos.”; (iii) Se modifica el Artículo Segundo Transitorio referido al pago del capital en la forma señalada en escritura extractada. En todo lo no modificado siguen vigentes estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 31 de mayo de 2023. Félix Jara Cadot, N.P.