Inversiones Santa Isabel Limitada
Instrumento
- Fecha
- 15 de junio de 2023
- Repertorio
- 10138-2023
- Notario
- EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
- Oficio
- 34ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
El objeto de la sociedad será: i) invertir en toda clase de bienes muebles incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y deventures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; ii) adquirir, enajenar y explotar toda clase de inmuebles, en especial bienes raíces rústicos o urbanos, construir en ellos por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma; iii) administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas, formar parte en otras sociedades, modificarlas, y asumir la administración de las mismas; iv) desarrollar toda clase de actividades agrícolas, ganaderas, agropecuarias y forestales, comprendiendo la explotación comercial de todos los derivados de estas actividades; y v) en general, realizar todos los actos y contratos conducentes a dichos fines
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular 34ª Notaría Santiago, domiciliado en Luis Thayer Ojeda 359, Providencia, Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 15 de junio de 2023, repertorio 10.138-2023, ante mí, Augusto José Valdés Correa (por sí y en representación de Lucía de Fátima Valdés Lazcano), María Isabel Lazcano Lecaros, María Isabel Valdés Lazcano y María Josefina Valdés Lazcano, todos domiciliados en Loma La Cruz Sur 400, departamento 211, piso uno, comuna de Lo Barnechea, modificaron la sociedad “INVERSIONES SANTA ISABEL LIMITADA” (RUT 78.166.000-0, inscrita a fojas 28.834, número 14.585 del Registro de Comercio de Santiago del año 1991), en el sentido de reemplazar su objeto social por el siguiente: Objeto: El objeto de la sociedad será: i) invertir en toda clase de bienes muebles incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y deventures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; ii) adquirir, enajenar y explotar toda clase de inmuebles, en especial bienes raíces rústicos o urbanos, construir en ellos por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma; iii) administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas, formar parte en otras sociedades, modificarlas, y asumir la administración de las mismas; iv) desarrollar toda clase de actividades agrícolas, ganaderas, agropecuarias y forestales, comprendiendo la explotación comercial de todos los derivados de estas actividades; y v) en general, realizar todos los actos y contratos conducentes a dichos fines. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada.- Santiago, 23 de junio de 2023.- Eduardo Javier Diez Morello, Notario Público Titular.