MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inmobiliaria Buena Esperanza Limitada

RUT 76327199-4 CVE 2337255
Capital
$4.209.300 CLP
Fecha instrumento
20 de junio de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
20 de junio de 2023
Repertorio
9874-2023
Notario
IVÁN TORREALBA ACEVEDO
Oficio
33° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$4.209.300 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IVÁN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de la 33° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N° 979, oficina 501, de la comuna de Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 20 de junio de 2023, Repertorio Nº 9.874-2023, ante mí, Priscila Urrutia Celis, con domicilio en Los Misioneros N° 1990, comuna de Providencia, ciudad de Santiago; Rodrigo Marcelo Serres Urrutia, con domicilio en Condominio Las Campiñas de Chicureo, Parcela 29, comuna de Colina, ciudad de Santiago; Priscilla Carolina Serres Urrutia, con domicilio en calle La Gloria N° 34, dpto. 1911, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago; Carolina Javiera Serres Urrutia, con domicilio en calle Los Misioneros N° 1990, comuna de Providencia, ciudad de Santiago; y Álvaro Arturo Serres Urrutia, con domicilio en calle Los Misioneros N° 1990, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, modificaron “Inmobiliaria Buena Esperanza Limitada” (la “Sociedad”), inscrita en Registro Comercio de Santiago a fs. 71.923, N° 47.489, año 2013, en siguientes términos: /a/ la cesión del 1% de los derechos sociales por parte de Rodrigo Marcelo Serres Urrutia a Priscila Urrutia Celis; la cesión de 39,84% de los derechos sociales por parte de Carolina Javiera Serres Urrutia a Priscila Urrutia Celis; y la cesión de 4,99% de los derechos sociales por parte de Priscilla Carolina Serres Urrutia a Priscila Urrutia Celis. /b/ Como consecuencia de las cesiones anteriores, se retiran de la Sociedad los socios Rodrigo Marcelo Serres Urrutia y Carolina Javiera Serres Urrutia y se reemplaza la cláusula cuarta del estatuto de la Sociedad por la siguiente: “Cuarto. El capital social es la suma de siete millones de pesos, que los socios aportan y enteran de la siguiente manera: /a/ doña Priscila Urrutia Celis, la cantidad de $4.209.300 pesos, en dinero efectivo y que ha aportado e ingresado con anterioridad a esta fecha a la caja social, equivalente al 60,15% de los derechos sociales; /b/ don Álvaro Arturo Serres Urrutia, la cantidad de $2.790.000 pesos, en dinero efectivo y que ha aportado e ingresado con anterioridad a esta fecha a la caja social, equivalente al 39,84% de los derechos sociales y /b/ doña Priscilla Carolina Serres Urrutia, la cantidad de $700 pesos, en dinero efectivo y que ha aportado e ingresado con anterioridad a esta fecha a la caja social, equivalente al 0,01% de los derechos sociales.”. En lo no modificado continúan vigentes estatutos de la Sociedad, en especial la limitación de responsabilidad de los socios al monto de sus aportes. Demás estipulaciones y modificaciones que no son materia de extracto constan de escritura extractada. Santiago, 20 de junio de 2023.