Instrumento
- Fecha
- 7 de junio de 2023
- Notario
- Paulina Constanza Estay Calzadilla
- Oficio
- Notaría N°29 de Santiago
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPaulina Constanza Estay Calzadilla, Notario Público Interino, Notaría N°29 de Santiago, Mac Iver 225, Oficina 302, certifico: por escritura pública de fecha 07 de junio de 2023, otorgada ante mí, don LUKAS MATÍAS MUÑOZ MIRANDA, chileno, soltero, Productor Ejecutivo, cédula de identidad número dieciocho millones doscientos noventa y tres mil seiscientos ocho guión uno, domiciliado en calle Juan López Velasco seis mil ciento cincuenta y cuatro Comuna de Pedro Aguirre Cerda, y de paso en ésta, Don LUIS HERNÁNDONOSO MATURANA, chileno, soltero, Productor Ejecutivo, cedula de identidad número dieciocho millones ochenta y cuatro mil novecientos diez guión seis, domiciliado en calle Angamos número cinco mil ochocientos sesenta y uno Comuna San Miguel y de paso en ésta,; y Don JORGE ANDRÉS TAPIA BASTERRICA, chileno, soltero, artista, cedula de identidad número veinte millones doscientos noventa y cinco mil setecientos veintiséis guión nueve, y pasaporte número F dos siete dos nueve siete cero dos dos de la República de Chile, domiciliado en Calle Huequen número cinco mil novecientos ochenta ,comuna de Pedro Aguirre Cerda, y de paso en ésta, vienen en constituir una sociedad por acciones denominada “EPICENTRO RECORDS Y ASOCIADOS S.p.A.” Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: El objeto de la sociedad será; efectuar reproducción de grabaciones y otras actividades de impresión; Fabricación de componentes y tableros electrónicos; Fabricación de equipo eléctrico de iluminación; Fabricación de dispositivos de cableado; Fabricación de otros tipos de equipo eléctrico; Fabricación de instrumentos musicales; Transporte urbano y suburbano de pasajeros por vía terrestre; Edición de diarios, revistas y otras publicaciones periódicas; Actividades de producción, postproducción, distribución y exhibición de películas cinematográficas, videos y programas de televisión; Actividades de grabación de sonido y edición de música; Transmisiones de radio; Programación y transmisiones de televisión; Investigación y desarrollo experimental en el campo de las ciencias sociales y las humanidades; Servicios de publicidad prestados por empresas, Servicios de publicidad prestados por profesionales; Servicios y actividades de fotografía; Actividades de agencias y agentes de representación de actores, deportistas y otras figuras públicas; Arrendamiento de propiedad intelectual y similares excepto obras protegidas por derechos de autor; Otros servicios de reserva; y actividades conexas, lo que incluye la venta de entradas para teatro y otros; Actividades combinadas de apoyo de instalaciones tales como: producir eventos, montar escenarios, entre otras; Enseñanza preescolar, primaria, secundaria científico humanista, técnica y profesional privada y pública; Enseñanza cultural; Servicios profesionales de educación; Actividades de apoyo en la enseñanza; Servicios de producción de obras de teatro, conciertos, espectáculo; Actividades artísticas realizadas por bandas de música, compañías de teatro y circenses, escritores o similares; Otras actividades creativas y artísticas y de entretenimiento. El capital de la sociedad, ascendente a cincuenta millones de pesos divididos en diez acciones nominativas, sin valor nominal se suscriben en este acto de la siguiente manera: El accionista LUKASMATÍAS MUÑOZ MIRANDA suscribe en el total de 4 acciones que equivalen a un cuarenta por ciento del capital total social, el accionista LUIS HERNANDONOSO MATURANA suscribe un total de 4 acciones que equivalen a un cuarenta por ciento del capital total social y el accionista JORGE ANDRÉS TAPIA BASTERRICA suscribe un total de 2 acciones que equivalen al veinte por ciento del capital social, quedando por lo tanto suscrito el total del capital social de la empresa. En este acto también se entera, y paga en dinero efectivo la siguiente proporción del capital suscrito: El accionista LUKAS MATÍAS MUÑOZ MIRANDA, paga diecisiete millones quinientos mil pesos por el total de 4 acciones que equivalen a un cuarenta por ciento del capital total social en consecuencia sus acciones se encuentran íntegramente suscritas y se ha pagado el cuarenta por ciento que le corresponde, el accionista LUIS HERNAN DONOSO MATURANA, paga diecisiete millones quinientos mil pesos por el total de 4 acciones que equivalen a un cuarenta por ciento del capital total social en consecuencia sus acciones se encuentran íntegramente suscritas y se ha pagado el cuarenta por ciento que le corresponde y el accionista JORGE ANDRÉS TAPIA BASTERRICA paga quince millones de pesos de la siguiente forma: A) siete millones quinientos mil pesos en este acto y; B) Siete millones quinientos mil pesos en cuarenta y ocho cuotas de ciento cincuenta y seis mil doscientos cincuenta pesos mensuales por las que suscribe un total de 2 acciones que equivalen al veinte por ciento del capital las que se pagarán los días cinco de cada mes a partir del próximo 05 de Julio del presente año. Sin perjuicio de las facultades que corresponda al socio administrador, se constituye el socio LUKAS MATÍAS MUÑOZ MIRANDA como Gerente General, por el periodo que comienza hoy, fecha de creación de la sociedad, hasta que se realice la primera junta ordinaría de accionistas dentro de los sesenta días hábiles siguientes desde la publicación en el diario oficial; para que, actuando en nombre y representación de la sociedad, realice todos los trámites, prestaciones, y entre otros. Y demás gestiones que sean necesarias y que le corresponde al de un Gerente General o Administración de una Sociedad, los cuales están indicados en el Titulo Tercero “De La Administración” artículo décimo segundo de la esta escritura social, y que se considera transcrito en su totalidad para estos efectos. Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la Sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 12 de junio de 2023.