CONFECCIONES TYARE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 14 de junio de 2023
- Notario
- JORGE ELIAS TADRES HALES
- Domicilio
- Temuco
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública de fecha cinco de Junio de dos mil veintitrés, ante mí, doña Claudia Emma Rosa González Alegría, chilena, casada en sociedad conyugal con don Darío Enrique Fuentes Ormazabal, profesora de estado, cédula nacional de identidad número ocho millones seiscientos setenta mil ciento veintiuno guión nueve, domiciliada en la ciudad y comuna de Temuco, calle Santa Teresa número ochocientos tres; y don Darío Enrique Fuentes Ormazabal, chileno, casado, empresario, cédula nacional de identidad número seis millones doscientos nueve mil trescientos noventa guión cero, domiciliado en la ciudad y comuna de Temuco, calle Andrés Bello número mil ciento dieciséis, los y por la otra don Dario Enrique Fuentes González, chileno, soltero, Ingeniero Civil Industrial, cédula nacional de identidad número dieciocho millones ciento cuarenta y siete mil cuatrocientos once guión cuatro, con domicilio en la ciudad y comuna de Temuco, calle Santa Teresa número ochocientos cinco; y doña Priscila Solange Fuentes González, chilena, soltera, Ingeniero Comercial, cédula nacional de identidad número diecinueve millones trescientos cuatro mil seiscientos cincuenta y dos guión cinco, con domicilio en la ciudad y comuna de Temuco, calle Santa Teresa número ochocientos cinco, expusieron: Doña Claudia Emma Rosa González Alegría y don Darío Enrique Fuentes Ormazabal son los únicos y exclusivos socios de la sociedad de responsabilidad limitada, denominada “CONFECCIONES TYARE LIMITADA”, Rol Único Tributario número setenta y ocho millones cuatrocientos cuarenta y siete mil ochocientos setenta guion k, constituida según escritura pública de fecha cinco de noviembre de mil novecientos noventa y tres, otorgada ante el Notario Público don Francisco Contreras Acuña, suplente del titular Raúl Gonzalez Becar y anotada en el repertorio a su cargo con el número tres mil veintiséis del año mil novecientos noventa y tres e inscrita en el registro de Comercio a fojas setecientos cuarenta vuelta, número quinientos treinta y cinco, del Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año mil novecientos noventa y tres y cuyo extracto fue publicado en la edición del Diario Oficial número treinta y cuatro mil setecientos veintitrés de noviembre del año mil novecientos noventa y tres. Cada uno de los socios es dueño del cincuenta por ciento de las acciones y derechos en esta sociedad y tienen la totalidad de los aportes pagados a la sociedad.- Presente modificación: el socio don Darío Enrique Fuentes Ormazabal, vende, cede y transfiere el equivalente al dos por ciento de sus acciones y derechos, lo que corresponde al uno por ciento del total de las acciones y derechos de la sociedad, a don Darío Enrique Fuentes González el precio por esta cesión es la suma de doscientos mil pesos, cantidad que fue pagada en acto escritura por el comprador al vendedor, en dinero efectivo y a entera conformidad de este último.- El socio don DARÍO ENRIQUE FUENTES ORMAZABAL, vende, cede y transfiere el equivalente al dos por ciento de sus acciones y derechos, lo que corresponde al uno por ciento del total de las acciones y derechos de la sociedad, a doña PRISCILA SOLANGE FUENTES GONZÁLEZ el precio por esta cesión es la suma de doscientos mil pesos, cantidad que fue pagada en acto escritura por el comprador al vendedor, en dinero efectivo y a entera conformidad de este último. En consecuencia, doña CLAUDIA EMMA ROSA GONZÁLEZ ALEGRÍA es dueña del cincuenta por ciento de las acciones y derechos; don DARÍO ENRIQUE FUENTES ORMAZABAL es dueño del cuarenta y ocho por ciento de las acciones y derechos; don DARÍO ENRIQUE FUENTES GONZÁLEZ es dueño del uno por ciento de las acciones y derechos y doña PRISCILA SOLANGE FUENTES GONZALEZ es dueña del uno por ciento de las acciones y derechos. La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a todos los socios conjunta, indistinta o separadamente. En lo no modificado queda absolutamente vigente la escritura social y las modificaciones realizadas con anterioridad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 14 de Junio 2023.