CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Asesorías, Evaluación y Diseño de Proyectos de Infraestructura Limitada

RUT 15536652-4 CVE 2335331
Capital
$500.000 CLP
Fecha instrumento
7 de junio de 2023
Notaría
Viña del Mar
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
7 de junio de 2023
Notario
CAROLINA BEATRIZ MENA CARRILLO
Oficio
Séptima Notaría de Viña del Mar
Comuna
Viña del Mar

Sociedad

N. fantasía
R&P Asesorías Ltda
Capital
$500.000 CLP
Domicilio
comuna de Viña del Mar
Duración
cinco años a contar esta fecha, y se entenderá prorrogada automáticamente, por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante una declaración formulada en tal sentido por escritura pública anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el respectivo registro de Comercio y todo ello, con una anticipación mínima de tres meses a la fecha de vencimiento del plazo primitivo o de cualesquiera de sus prórrogas que tuviere en curso

Objeto social

Prestación de todo tipo de servicios profesionales de asesoría en todo tipo de proyectos de infraestructura, tales como, evaluación económica y técnica de proyectos de infraestructura, diseño de proyectos de infraestructura; asesorías en obras e inspecciones técnicas de proyectos de infraestructura, asesorías en administración de contratos y elaboración de bases administrativas de licitación de obras de infraestructura; tramitación ante las Municipalidades y demás organismos pertinentes para la obtención de todo tipo de permisos y autorizaciones, tales como permisos de edificación de obra nueva, recepción municipal de obras, u otros; evaluación de diseños, diseño de arquitectura, asesorías de todo tipo para licitaciones públicas o privadas

Administración

corresponderá exclusivamente al socio JOSÉ ANTONIO REQUESENS ALDEA, amplias facultades

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CAROLINA BEATRIZ MENA CARRILLO, Abogado, Notario Público Interino Séptima Notaría de Viña del Mar, con oficio en Avenida Libertad trescientos noventa y cinco, Viña del Mar, certifica: Por escritura pública con fecha 07 de junio de 2023 otorgada ante mí, JOSÉ ANTONIO REQUESENS ALDEA, cédula identidad 15.536.652-4 y TAMARA ELISA PANDO CAVIEDES cédula de identidad 16.575.533-2, ambos con domicilio en la comuna de Viña del Mar, calle la Coruña mil cuatrocientos ochenta y cinco, Viña del mar Alto, Viña del Mar, constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada. Razón social: Asesorías, Evaluación y Diseño de Proyectos de Infraestructura Limitada, Nombre de fantasía: R&P Asesorías Ltda. Domicilio: comuna de Viña del Mar, sin perjuicio de las sucursales o agencias que se acuerde establecer en otros lugares del país. Objeto: Prestación de todo tipo de servicios profesionales de asesoría en todo tipo de proyectos de infraestructura, tales como, evaluación económica y técnica de proyectos de infraestructura, diseño de proyectos de infraestructura; asesorías en obras e inspecciones técnicas de proyectos de infraestructura, asesorías en administración de contratos y elaboración de bases administrativas de licitación de obras de infraestructura; tramitación ante las Municipalidades y demás organismos pertinentes para la obtención de todo tipo de permisos y autorizaciones, tales como permisos de edificación de obra nueva, recepción municipal de obras, u otros; evaluación de diseños, diseño de arquitectura, asesorías de todo tipo para licitaciones públicas o privadas. Capital: $500.000, que socios aportan en este acto, al contado y en dinero efectivo, a razón del sesenta por ciento y cuarenta por ciento respectivamente, de la siguiente manera: UNO) El socio José Antonio Requesens Aldea, aporta la suma de $300.000, monto que ingresa a la caja social. DOS) La socia Tamara Elisa Pando Caviedes, aporta la suma de $200.000, monto que ingresa a la caja social. Administración, representación legal y el uso de la razón social: corresponderá exclusivamente al socio JOSÉ ANTONIO REQUESENS ALDEA, amplias facultades. Duración: cinco años a contar esta fecha, y se entenderá prorrogada automáticamente, por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante una declaración formulada en tal sentido por escritura pública anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el respectivo registro de Comercio y todo ello, con una anticipación mínima de tres meses a la fecha de vencimiento del plazo primitivo o de cualesquiera de sus prórrogas que tuviere en curso. Demás estipulaciones escritura extractada, Viña del Mar, 22 de junio de 2023.