SOCIEDAD DE SERVICIOS SANTA ROSA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 16 de junio de 2023
- Repertorio
- 1484/2023
- Notario
- GASTÓN ARIEL SANTIBÁÑEZ TORRES
- Domicilio
- y Conservador de Minas Titular de Talcahuano
Sociedad
- N. fantasía
- SANTA ROSA LIMITADA
- Capital
- $5.000.000 CLP
- Domicilio
- Concepción
- Duración
- La sociedad empezará a regir a contar de la suscripción de la presente escritura y durará por el lapso de 5 años, renovables tácitamente y en forma sucesiva por periodos iguales de 5 años, conforme fórmula señalada en escritura
Objeto social
A.- La prestación de servicios a clientes en las áreas de faenamiento de toda clase de animales para carne de consumo humano, o animal; envasado, elaboración, fraccionamiento, conservación, y congelamiento, de alimentos; preparación de toda clase de embutidos, cecinas, grasas, alimentos concentrados y otros similares; B.- Prestación de servicios, y la contratación de personal para terceros; la asesoría en relación con tales labores. C.- Poner a disposición de terceros, usuarios, trabajadores de carácter administrativo, contable, asesorías, la selección, capacitación, y formación de trabajadores, así como otras actividades afines al área de recursos humanos. D.- Cualquier otra actividad, que se relaciones directa o indirectamente con las anteriores.- Administración y uso
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGASTÓN ARIEL SANTIBÁÑEZ TORRES, Notario Público y Conservador de Minas Titular de Talcahuano, con oficio en esta ciudad, Avenida Jorge Alessandri N° 3177, Local G 103, Boulevard Mall Plaza del Trébol, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 16 de Junio de 2023, Repertorio N° 1.484 / 2023, ante mí; LUIS SIGISFREDO VARGAS OTAROLA, C.I.N° 7.591.166-1, quien compareció por sí, y en representación de CAMILA DANIELA VARGAS ARAVENA, C.I.N° 18.144.841-5; LUIS ANDRÉS VARGAS ARAVENA, C.I.N° 15.655.816-8; SIMÓN ANTONIO VARGAS ARAVENA, C.I.N° 18.410.245-5; KARLA IVONNE VARGAS ARAVENA, C.I.N° 16.155.734-K, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada.- Nombre o razón social: SOCIEDAD DE SERVICIOS SANTA ROSA LIMITADA, nombre de fantasía: SANTA ROSA LIMITADA.- Objeto: A.- La prestación de servicios a clientes en las áreas de faenamiento de toda clase de animales para carne de consumo humano, o animal; envasado, elaboración, fraccionamiento, conservación, y congelamiento, de alimentos; preparación de toda clase de embutidos, cecinas, grasas, alimentos concentrados y otros similares; B.- Prestación de servicios, y la contratación de personal para terceros; la asesoría en relación con tales labores. C.- Poner a disposición de terceros, usuarios, trabajadores de carácter administrativo, contable, asesorías, la selección, capacitación, y formación de trabajadores, así como otras actividades afines al área de recursos humanos. D.- Cualquier otra actividad, que se relaciones directa o indirectamente con las anteriores.- Administración y uso razón social: La administración general, representación y uso de la razón social, le corresponderá a LUIS SIGISFREDO VARGAS OTAROLA, ya sea personalmente o por medio de mandatario.- Capital: $5.000.000.-, que los socios aportan, de la siguiente manera: a) LUIS SIGISFREDO VARGAS OTAROLA, aporta la suma de $1.000.000.-, los cuales paga y entera en este acto en dinero efectivo ingresado a la caja social. b) CAMILA DANIELA VARGAS ARAVENA (debidamente representada), aporta la suma de $1.000.000.-, los cuales paga y entera en este acto en dinero efectivo ingresado a la caja social. c) LUIS ANDRÉS VARGAS ARAVENA, aporta la suma de $1.000.000.-, los cuales paga y entera en este acto en dinero efectivo ingresado a la caja social. d) SIMÓN ANTONIO VARGAS ARAVENA, aporta la suma de $1.000.000.-, los cuales paga y entera en este acto en dinero efectivo ingresado a la caja social. e) KARLA IVONNE VARGAS ARAVENA, aporta la suma de $1.000.000.-, los cuales paga y entera en este acto en dinero efectivo ingresado a la caja social.- De esta manera resulta totalmente enterado el capital social.- Responsabilidad: Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de los respectivos aportes.- Duración: La sociedad empezará a regir a contar de la suscripción de la presente escritura y durará por el lapso de 5 años, renovables tácitamente y en forma sucesiva por periodos iguales de 5 años, conforme fórmula señalada en escritura.- Domicilio: Concepción, sin perjuicio de que puedan establecerse agencias o sucursales en otras ciudades del país o en el extranjero.- Se facultó para inscribir.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Talcahuano, 22 de Junio de 2023.