Instrumento
- Fecha
- 22 de junio de 2023
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
- Ley aplicable
- ley Nº 20.192
Objeto social
El objeto de la sociedad será el ejercicio, desarrollo y perfeccionamiento de la profesión de todo tipo o clase de ingeniería y en todas sus especialidades, ejecutar toda clase de obras civiles, importar, exportar, comprar, vender o distribuir toda clase de equipos o materiales de ingeniería en general, realizar toda clase de inversión de capitales, en toda clase de bienes mueble, corporales e incorporales, tales como acciones, promesa de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, ejecutar todos los actos y concertar todas las convenciones que sean conducentes a dichos objetivos; y cualquier otro acto o negocio lícito que los socios acuerden y deriven de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, y cualquier actividad comercial, económica o de cualquier tipo relacionada con lo anterior, que sea necesario para el funcionamiento de la sociedad, tales como joint venture, asociaciones con empresas extranjeras, obtención de licencias u otros que los socios determinen. Para estos objetivos la sociedad podrá adquirir bienes raíces y toda clase de vehículos, cualquier derecho sobre ellos, edificarlos y mejorarlos, darlos o tomarlos en arriendo, enajenarlos, hipotecarlos y grabarlos en cualquier forma, adquirir negocios en marcha, concesiones, marcas y patentes; incorporarse como socia en sociedades de cualquier tipo y ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos con personas naturales o jurídicas, privadas o estatales, que sean conducentes a la realización de los objetivos sociales
Administración
La administración y representación de la sociedad le corresponderá a don DANIEL HERNÁN COLOMA SOTO, con todas y cada una de las facultades que constan en escritura de constitución social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, titular 43ª Notaria, Santiago, Huérfanos 835, piso 18, certifica: por escritura con fecha 22/06/2023, ante mí, don JOSÉ RODRIGO MANCILLA MANCILLA, chileno, soltero, ingeniero eléctrico, rut 14.378.061-9, con domicilio en calle Camino La Bodega N° 29, Condominio los Portones, Piedra Roja, Comuna de Colina, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; y don DANIEL HERNÁN COLOMA SOTO, chileno, casado, Ingeniero Civil Industrial, rut 10.951.710-0, domiciliado en Nataniel Cox N° 599, oficina N° 1209, comuna de Santiago, Región Metropolitana; constituyen sociedad por acciones al tenor de lo prescrito por la ley Nº 20.192 y los artículos 424 y siguientes del Código de Comercio, en los siguientes términos: NOMBRE: El nombre de la sociedad será “Quinientos dos K SpA”,- DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de poder establecer agencia y/o sucursales en el país o extranjero.- DURACION :Indefinida. OBJETO: El objeto de la sociedad será el ejercicio, desarrollo y perfeccionamiento de la profesión de todo tipo o clase de ingeniería y en todas sus especialidades, ejecutar toda clase de obras civiles, importar, exportar, comprar, vender o distribuir toda clase de equipos o materiales de ingeniería en general, realizar toda clase de inversión de capitales, en toda clase de bienes mueble, corporales e incorporales, tales como acciones, promesa de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, ejecutar todos los actos y concertar todas las convenciones que sean conducentes a dichos objetivos; y cualquier otro acto o negocio lícito que los socios acuerden y deriven de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, y cualquier actividad comercial, económica o de cualquier tipo relacionada con lo anterior, que sea necesario para el funcionamiento de la sociedad, tales como joint venture, asociaciones con empresas extranjeras, obtención de licencias u otros que los socios determinen. Para estos objetivos la sociedad podrá adquirir bienes raíces y toda clase de vehículos, cualquier derecho sobre ellos, edificarlos y mejorarlos, darlos o tomarlos en arriendo, enajenarlos, hipotecarlos y grabarlos en cualquier forma, adquirir negocios en marcha, concesiones, marcas y patentes; incorporarse como socia en sociedades de cualquier tipo y ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos con personas naturales o jurídicas, privadas o estatales, que sean conducentes a la realización de los objetivos sociales.- CAPITAL: $10.000.000.-, que son aportados de la siguiente forma por los socios: A) Don José Rodrigo Mancilla Mancilla, aporta la suma de $5.000.000.- divididos en cinco mil acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan en este mismo acto, los que equivalen al 50% de los derechos sociales. B) Don Daniel Hernán Coloma Soto aporta la suma de $5.000.000.- divididos en cinco mil acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan en este mismo acto, los que equivalen al 50% de los derechos sociales- Administración: La administración y representación de la sociedad le corresponderá a don DANIEL HERNÁN COLOMA SOTO, con todas y cada una de las facultades que constan en escritura de constitución social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 22 de junio de 2023.