MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Moneda Corredores de Bolsa Limitada

RUT 76615490-5 CVE 2335200
Fecha instrumento
4 de mayo de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
4 de mayo de 2023
Repertorio
6830-2023
Notario
PATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA
Oficio
48° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA, Notario Público Titular de la 48° Notaría de Santiago, Avenida Apoquindo 3.076, oficina 601, piso 6, certifica: Que por escritura pública de fecha 4 de mayo de 2023, Repertorio N°6830-2023, ante la notario Interino doña Antonieta Rojas Pontigo, Moneda Asset Management SpA, sociedad del giro de su denominación, domiciliada para los efectos de la escritura extractada en Isidora Goyenechea N°3621 piso 8, Comuna de las Condes, Santiago y Patria Investments Latam S.A., sociedad válidamente constituida y vigente bajo las leyes de la República Oriental del Uruguay, modificaron la sociedad “MONEDA CORREDORES DE BOLSA LIMITADA”, RUT: 76.615.490-5, inscrita a fojas 31.083 número 21.720 en el Registro de Comercio del CBR de Santiago, año 2006. Los comparecientes, en calidad de únicos socios, acordaron los siguientes cambios: (i) cambiar la administración designando al efecto un Directorio compuesto por tres miembros reelegibles cuyo período durará tres años. En consecuencia, modifican el artículo séptimo de los estatutos sociales por el siguiente: “Artículo Séptimo. Uno/ La sociedad será administrada por un Directorio compuesto por tres miembros reelegibles. PATRIA INVESTMENTS LATAM S.A. podrá designar un director y Moneda Asset Management SpA podrá designar a dos Directores. Dos/ El Directorio durará un período de tres años, al final de los cuales deberá renovarse totalmente. El Primer período del Directorio correrá desde el primero de mayo de dos mil veintitrés al treinta de abril de dos mil veintiséis. En caso de Vacancia de un director, esta será llenada por el Socio que designó al director que causó la vacancia. Tres/ El cargo de director será remunerado sólo en caso que este sea ocupado por personas que no sean empleados o ejecutivos de sociedades relacionadas a la Sociedad. Cuatro/ Las sesiones de Directorio serán ordinarias y extraordinarias. Los Directores podrán participar mediante videoconferencia. Las sesiones ordinarias se celebrarán a lo menos una vez al trimestre, en las fechas y horas que determine el Directorio. Las sesiones extraordinarias se celebrarán cuando las cite especialmente el presidente por iniciativa propia, o a solicitud de uno o más Directores. La citación a sesiones de Directorio podrá omitirse si a la sesión concurriere la totalidad de los Directores. Será responsabilidad de los Directores mantener actualizados sus datos de contacto en los registros de la sociedad. Cinco/ Las sesiones de Directorio podrán celebrarse cuando participen Directores que, a pesar de no encontrarse presentes, estén comunicados simultánea y permanentemente a través de los medios tecnológicos que ha autorizado la Comisión para el Mercado Financiero, esto es, conferencia telefónica o video conferencia, como a través de los demás medios que autorice en el futuro. Seis/ Las reuniones de Directorio se constituirán con un quorum de dos miembros y los acuerdos se adoptarán con el voto favorable de dos Directores. Siete/ El Directorio en su primera sesión deberá elegir a quién haga las veces de Presidente. El cargo de Presidente del Directorio será incompatible con el de Gerente General; Ocho/ El Directorio representa a la sociedad judicial y extrajudicialmente y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros y sin que sea necesario otorgarle poder especial alguno. El Directorio podrá delegar parte de sus facultades en los Gerentes y apoderados especialmente autorizados por él” y (ii) prorrogar el plazo para enterar el aumento de capital de la sociedad acordado con fecha 13 de agosto de 2019 por un plazo de tres años, esto es, hasta el 28 de abril de 2026. En consecuencia, modifican el artículo quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “Artículo Quinto. El capital de la sociedad será la suma de siete mil quinientos cincuenta y seis millones trescientos treinta y dos mil trescientos treinta y cuatro pesos, pagados de la siguiente forma: i) Moneda Asset Management SpA aporta un noventa y nueve coma nueve cinco nueve cinco seis por ciento de los derechos sociales, equivalentes a la suma de siete mil quinientos cincuenta y tres millones doscientos setenta y seis mil dos pesos, de los cuales a esta fecha se encuentran efectivamente pagados siete mil cincuenta y tres millones doscientos setenta y seis mil dos pesos, y de los cuales quinientos millones se enterarán en la caja social en el plazo de tres años a contar del veintiocho de abril de dos mil veintitrés. Por su parte, ii) Patria Investments Latam S.A. aporta un cero coma cero cuatro cero cuatro cuatro por ciento de los derechos sociales, equivalentes a la suma de tres millones cincuenta y seis mil trescientos treinta y dos pesos, los cuales a esta fecha ya se encuentran íntegramente pagados. Finalmente, los socios, debidamente representados vienen en dar cuenta de que actualmente el patrimonio de la sociedad corresponde a ocho mil millones seiscientos ochenta y un mil doscientos cincuenta y nueve mil ochocientos treinta y nueve pesos”. Demás estipulaciones en escritura que extracto. Se facultó al portador de este extracto para su legalización. Santiago, 06 de junio de 2023.