Faundez Movimientos de Tierra y Áridos Limitada
Instrumento
- Fecha
- 12 de agosto de 2015
- Notario
- ISABEL MARGARITA CHADWICK VERGARA
- Domicilio
- Conservador y Archivero Judicial Titular de Pichilemu
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalISABEL MARGARITA CHADWICK VERGARA, Abogado, Notario Público, Conservador y Archivero Judicial Titular de Pichilemu, domiciliada en Avenida Daniel Ortúzar Cuevas N° 621, CERTIFICA: Por escritura de hoy ante mí, don Nicolás Marcelo Faundez Gutiérrez, cédula nacional de identidad número 16.433.823-1, domiciliado en El Membrillo B16, Pichilemu, don Nicolás Antonio Faundez Arévalo, cédula nacional de identidad número 5.914.515-0, domiciliado en Catrianca S/N°, Pichilemu y Cristian Alejandro Faundez Gutiérrez, cédula nacional de identidad número 12.139.323-9, domiciliado en calle San Isidro S/N, Peralillo, modifican sociedad de Responsabilidad Limitada Razón Social: Faundez Movimientos de Tierra y Áridos Limitada, Nombre fantasía: Faundez Movimientos de Tierra LTDA.. Rut: 76.479.939-9. Según consta en escritura de 12 de agosto de 2015, otorgada en esta notaria, la que se encuentra inscrita a fojas 43, número 36 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Pichilemu del año 2015. Modifican la sociedad en el siguiente sentido: Cesión de derechos sociales; Nicolas Antonio Faundez Arévalo, es dueño del 50% de los derechos sociales; por este acto cede y transfiere un 98% de su participación en la sociedad, a su consocio Nicolas Marcelo Faúndez Gutiérrez en la suma de ocho millones trescientos veinticinco mil pesos, pagados al contado, y a don Cristian Alejandro Faúndez Gutiérrez, cede y transfiere el 2% de su participación en la sociedad, en la suma de noventa y dos mil quinientos pesos pagados al contado. En virtud de la cesión referida sale don Nicolas Antonio Faúndez Arevalo de la sociedad y quedan Nicolas Marcelo Faúndez Gutiérrez con un 99% de participación en la sociedad, y don Cristian Alejandro Faúndez Gutiérrez con un 1% de participación en la sociedad. En todo lo no modificado rige íntegramente pacto social. Demás estipulaciones constan