INVERSIONES SANTA ALICIA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 1 de junio de 2023
- Notario
- MARCELA ANDREA MEDINA RICCI
- Oficio
- Notaría de San Miguel con asiento en San Ramón
- Comuna
- San Miguel con asiento en San Ramón
Sociedad
- Capital
- $525.739 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARCELA ANDREA MEDINA RICCI, abogado, Notario Público Titular de la Notaría de San Miguel con asiento en San Ramón, con Oficio ubicado en Santa Rosa 7.955, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 1 de junio del año 2023, ante mí, doña MARÍA CECILIA FOURCADE MAGOFKE, don GONZALO VIAL FOURCADE; doña MARÍA CECILIA VIAL FOURCADE; doña MARÍA TRINIDAD VIAL FOURCADE; y, don JUAN DE DIOS VIAL FOURCADE; todos domiciliados para estos efectos en Avenida Las Condes 11.700, Torre A, oficina 903, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, celebraron “da cuenta de hecho que indica y modificación de estatutos sociales INVERSIONES SANTA ALICIA LIMITADA”, sociedad inscrita a fojas 39.286 N° 28.153 del Registro de Comercio del CBR de Santiago, correspondiente al año 2007, y acordaron lo siguiente: I. Dar cuenta de hecho que indica: Por escritura pública de fecha 1 de junio de 2023, otorgada en la Notaría de San Miguel con asiento en San Ramón, de doña Marcela Andrea Medina Ricci, con oficio en Santa Rosa 7.955, doña MARÍA CECILIA FOURCADE MAGOFKE, donó por acto entre vivos, gratuita e irrevocablemente, y como mera liberalidad: (i) a don GONZALO VIAL FOURCADE, el 20% de la nuda propiedad de los derechos sociales de la sociedad INVERSIONES SANTA ALICIA LIMITADA; (ii) a doña MARÍA CECILIA VIAL FOURCADE, el 20% de la nuda propiedad de los derechos sociales de la sociedad INVERSIONES SANTA ALICIA LIMITADA; (iii) a doña MARÍA TRINIDAD VIAL FOURCADE, el 20% de la nuda propiedad de los derechos sociales de la sociedad INVERSIONES SANTA ALICIA LIMITADA; (iv) a don JUAN DE DIOS VIAL FOURCADE, el 20% de la nuda propiedad de los derechos sociales de la sociedad INVERSIONES SANTA ALICIA LIMITADA. II. Modificación de Estatutos. Acuerdan modificar el artículo de los estatutos sociales relativo al capital social, por el siguiente el tenor extractado: “CAPITAL SOCIAL: El capital de la sociedad es la suma de $525.739, íntegramente pagado con anterioridad a esta fecha, que se distribuye en las proporciones que a continuación se indican: a) doña MARÍA CECILIA FOURCADE MAGOFKE, con el 10% de la Plena Propiedad de los derechos sociales, y con el 80% del Usufructo de los derechos sociales; b) don GONZALO VIAL FOURCADE, con el 2,5% de la Plena Propiedad de los derechos sociales, y con el 20% de la Nuda Propiedad de los derechos sociales; c) doña MARÍA CECILIA VIAL FOURCADE, con el 2,5% de la Plena Propiedad de los derechos sociales, y con el 20% de la Nuda Propiedad de los derechos sociales; d) doña MARÍA TRINIDAD VIAL FOURCADE, con el 2,5% de la Plena Propiedad de los derechos sociales, y con el 20% de la Nuda Propiedad de los derechos sociales; y e) don JUAN DE DIOS VIAL FOURCADE, con el 2,5% de la Plena Propiedad de los derechos sociales, y con el 20% de la Nuda Propiedad de los derechos sociales.”. Demás estipulaciones en escritura extractada. San Ramón, 1 de junio de 2023. M. Medina R. Notario Público Titular.