MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CONSTRUCTORA PETRA LIMITADA

RUT 76477040-4 CVE 2333917
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
15 de junio de 2023

Instrumento

Fecha
15 de junio de 2023
Notario
CLAUDIO BARRENA EYZAGUIRRE
Domicilio
y Archivero Judicial de San Miguel

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP

Administración

La administración, representación y uso de la razón social, será de CARLOS ANDRES DIAZ ACUÑA y de CRISTIAN PATRICIO ARMSTRONG DIAZ, ambos INDISTINTAMENTE y con mismas facultades señalas en el pacto social constitutivo.- En todo lo no modificado, continúan vigentes estipulaciones pacto social primitivo

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CLAUDIO BARRENA EYZAGUIRRE, Notario Público y Archivero Judicial de San Miguel, Gran Av. J. M. Carrera 2572, San Miguel, Certifica: Por escritura pública de fecha 15-06-2023, ante mí CRISTIAN PABLO ESPINOSA SILVA, C.I. N° 12.180.706-8, CARLOS ANDRES DIAZ ACUÑA, C.I. N° 11.863.357-1, y CRISTIAN PATRICIO ARMSTRONG DIAZ, C.I. N° 10.557.775-3, todos en San Alfonso N° 2299-A, Estación Central. Modifican “CONSTRUCTORA PETRA LIMITADA”, nombre de fantasía “PETRA LTDA. O CONSTRUCTORA PETRA LTDA.”, RUT 76.477.040-4. Constituida 19-05-2005, ante don Sergio Fernando Novoa Galán, Notario Suplente del Titular de Santiago doña María Gloria Acharan Toledo, Inscrita fs. 21.185, Nº 15.422 Registro Comercio C.B.R.S 2005, D.O. del 24-06-2005. Con modificaciones posteriores. Capital actual asciende a la suma de $2.000.000. Modificación consiste A) CESION: 1.- Se retira el socio CRISTIAN PABLO ESPINOSA SILVA, vende, cede y transfiere al socio CARLOS ANDRES DIAZ ACUÑA, quien compra, acepta y adquiere para sí el 50% de sus derechos sociales. El precio de la cesión es la suma de $300.000, enterados en este acto y en dinero en efectivo, ingresando a caja social. 2.- Asimismo, el socio CRISTIAN PABLO ESPINOSA SILVA, vende, cede y transfiere al socio CRISTIAN PATRICIO ARMSTRONG DIAZ, quien compra, acepta y adquiere para sí el 50% de sus derechos sociales. El precio de la cesión es la suma de $300.000, enterados en este acto y en dinero en efectivo, ingresando a caja social. Como consecuencia, el porcentaje de participación de los socios queda como sigue: a) don CARLOS ANDRES DIAZ ACUÑA, con el cincuenta por ciento de participación en el capital social; y b) don CRISTIAN PATRICIO ARMSTRONG DIAZ, con el cincuenta por ciento de participación en el capital social. B) ADMINISTRACIÓN. La administración, representación y uso de la razón social, será de CARLOS ANDRES DIAZ ACUÑA y de CRISTIAN PATRICIO ARMSTRONG DIAZ, ambos INDISTINTAMENTE y con mismas facultades señalas en el pacto social constitutivo.- En todo lo no modificado, continúan vigentes estipulaciones pacto social primitivo. Demás estipulaciones escritura extractada.- San Miguel, 15 de Junio 2023.-