SOCIEDAD DE PROFESIONALES SERVICIOS MÉDICOS DE LA PAZ LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de abril de 2023
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago
- Duración
- La sociedad tendrá una duración de diez años contados desde la fecha de la presente escritura, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su deseo de ponerle término mediante una declaración hecha por escritura pública, anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, por lo menos con seis meses de anticipación al vencimiento de la sociedad o de cualquiera de sus períodos de prórroga
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto exclusivo la prestación de servicios profesionales en materias de salud en general, de medicina preventiva, de medicina curativa y, en especial, en materias de tratamiento, control y seguimiento de enfermedades o trastorno médicos, de procedimientos de diagnósticos, terapéuticos y)o de intervenciones, tanto para personas naturales y jurídicas. Asimismo, podrá realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos mencionados, en la medida que tengan el carácter de asesorías o servicios profesionales en las áreas indicadas precedentemente. La prestación de servicios médicos a terceros, por cuenta propia o a través de profesionales especialmente contratados, las que podrán atenderse en el estudio del domicilio social, en hospitales, clínicas, recintos privados y)o domicilios particulares; la explotación y administración de centros médicos, clínicas, laboratorios y pabellones quirúrgicos para la prestación de servicios a pacientes hospitalizados o ambulatorios; la asesoría, auditoría, capacitación, docencia, y actividades de extensión en materias médicas generales y de especialidades de cualquier tipo, incluyendo el perfeccionamiento científico de los socios, la investigación en materias médicas. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos, convenciones y contratos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 28 de abril de 2023, ante el suplente Juan Ignacio San Martín Schroder, don JOAQUÍN ANDRÉS DE LA PAZ VALENZUELA y doña FRANCISCA ANDREA LLANOS AGUILAR, ambos domiciliados para estos efectos en calle Cirujano Videla número 1.315, departamento número 512, comuna de Ñuñoa, de paso por esta, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada. Razón Social: El nombre o razón social será “SOCIEDAD DE PROFESIONALES SERVICIOS MÉDICOS DE LA PAZ LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado, las siglas comerciales o nombres de fantasía de “SERVICIOS MÉDICOS DE LA PAZ LTDA.” o “DE LA PAZ LTDA.”. Domicilio: El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pudieren establecerse en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: La sociedad tendrá por objeto exclusivo la prestación de servicios profesionales en materias de salud en general, de medicina preventiva, de medicina curativa y, en especial, en materias de tratamiento, control y seguimiento de enfermedades o trastorno médicos, de procedimientos de diagnósticos, terapéuticos y/o de intervenciones, tanto para personas naturales y jurídicas. Asimismo, podrá realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos mencionados, en la medida que tengan el carácter de asesorías o servicios profesionales en las áreas indicadas precedentemente. La prestación de servicios médicos a terceros, por cuenta propia o a través de profesionales especialmente contratados, las que podrán atenderse en el estudio del domicilio social, en hospitales, clínicas, recintos privados y/o domicilios particulares; la explotación y administración de centros médicos, clínicas, laboratorios y pabellones quirúrgicos para la prestación de servicios a pacientes hospitalizados o ambulatorios; la asesoría, auditoría, capacitación, docencia, y actividades de extensión en materias médicas generales y de especialidades de cualquier tipo, incluyendo el perfeccionamiento científico de los socios, la investigación en materias médicas. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos, convenciones y contratos. Duración: La sociedad tendrá una duración de diez años contados desde la fecha de la presente escritura, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su deseo de ponerle término mediante una declaración hecha por escritura pública, anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, por lo menos con seis meses de anticipación al vencimiento de la sociedad o de cualquiera de sus períodos de prórroga. Capital: El capital social asciende a la suma de $1.000.000, que se distribuye entre los socios en las siguientes proporciones: a) don JOAQUÍN ANDRÉS DE LA PAZ VALENZUELA, con $995.000, equivalentes al 99,5% del total de los derechos sociales, los cuales pagará con dinero en efectivo o en especies, dentro del plazo máximo de tres años contados desde la fecha de la escritura extractada; y b) doña FRANCISCA ANDREA LLANOS AGUILAR, con $5.000, equivalentes al 0,5% del total de los derechos sociales, los cuales pagará con dinero en efectivo o en especies, dentro del plazo máximo de tres años contados desde la fecha de la escritura extractada. Administración y Uso Razón Social: La administración de la sociedad, su representación y el uso de la razón social se ejercerá a través de don MANUEL JOAQUÍN ANDRÉS DE LA PAZ VALENZUELA, quien, actuando de manera individual, y anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades, descritas en la escritura extractada. Santiago, 14 de junio de 2023.