MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD AGRICOLA PAMPA GRANDE LIMITADA

RUT 79570660-7 CVE 2332720
Capital
$13.000.000 CLP
Fecha instrumento
12 de junio de 2023
Notaría
Pública de Ovalle

Instrumento

Fecha
12 de junio de 2023
Repertorio
1425
Notario
RODRIGO CABRERA ALBARRAN
Oficio
Segunda Notaría Pública de Ovalle
Comuna
Pública de Ovalle

Sociedad

Capital
$13.000.000 CLP

Administración

c).- queda radicada en ambos socios JOSE TOMAS CARMONA PIZARRO y JOSE LUIS CARMONA VILLALOBOS, quienes pueden actuar conjunta o individualmente por la sociedad, con todas las facultades señaladas en la escritura de constitución; FALLECIMIENTO: en caso de fallecimiento, la sociedad continuará

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RODRIGO CABRERA ALBARRAN, abogado, Notario Público de la Segunda Notaría Pública de Ovalle, domiciliado en calle Miguel Aguirre N°328, Ovalle, Certifico: Por escritura Pública de fecha 12 de junio de 2023, Repertorio nº 1.425, ante mí, los señores, don JOSE MANUEL CARMONA PIZARRO, C. de identidad y Rut. N°7.440.578-9, domiciliado en David Perry N° 157, Ovalle, don JOSE TOMAS CARMONA PIZARRO, C. de identidad N° 6.326.026-6, domiciliado en Pampa Grande S/N, Comuna de Monte Patria, Provincia de Limarí, Cuarta Región, y don JOSE LUIS CARMONA VILLALOBOS, C. de de identidad N° 18.351.790-2, domiciliado en Cóndor N° 1043, Departamento 714, Comuna de Santiago, Región Metropolitana, procedieron a modificar la “SOCIEDAD AGRICOLA PAMPA GRANDE LIMITADA”, Rut. 79.570.660-7, constituida por escritura pública de 16 de abril de 1985, suscrita ante don Oscar Fernández Mora, Notario Público de la Segunda Notaría Pública de Ovalle, Repertorio N° 117, cuyo extracto se publico el 6 de mayo de 1985, en el Diario Oficial, y se inscribió a fojas 105, N° 36, año 1985, en el Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Ovalle, Modificada por escritura pública de 2 de octubre de 2012, ante el Notario Público de Ovalle, don Eugenio Jiménez Larraín, y cuyo extracto se inscribió fuera de plazo, a fojas 271, N° 187, año 2015, del Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Ovalle, y publicado fuera de plazo el 3 de diciembre de 2012, en el Diario Oficial .- Posteriormente por escritura pública de 11 de febrero de 2013, suscrita ante don Eugenio Jiménez Larraín, Notario Público de la Primera Notaría de Ovalle, se efectuó saneamiento cuyo extracto fue publicado el 20 de febrero de 2013, en el Diario Oficial, y no se inscribió; Finalmente se terminó definitivamente saneándose el vicio de nulidad por la no publicación e inscripción oportuna de la modificación efectuada por la escritura pública referida de 2 de octubre de 2012, mediante escritura pública de 3 de noviembre de 2015, suscrita ante don Eugenio Jiménez Larraín, Notario Público de la Primera Notaría de Ovalle, publicada el 5 de noviembre de 2015, e inscrita a fojas 274 vuelta, N°188, año 2015, en el Registro de Comercio, del Conservador citado.-El capital asciende a $13.000.000, las utilidades y pérdidas estaban pactadas en razón de un 75% para don José Manuel Carmona Pizarro, y de un 25% para don José Tomás Carmona Pizarro, y la Administración y el uso de la razón social se encontraba únicamente radicada en José Manuel Carmona Pizarro.-En la referida escritura pública de 12 de junio de 2023, se efectuaron cesiones y modificación del estatuto social, consistente en: a).- don José Manuel Carmona Pizarro, cede, vende y transfiere en dominio el 70% de sus derechos en la sociedad, a don José Tomas Carmona Pizarro; b).- don José Manuel Carmona Pizarro, cede, vende y transfiere en dominio el 5% de sus derechos en la sociedad, a don José Luis Carmona Pizarro. El precio de cada una de las cesiones indicadas, es la suma de $37.700.000, y $2.700.000, respectivamente.- Como consecuencia de las cesiones señaladas quedan como únicos socios, los señores JOSE TOMAS CARMONA PIZARRO y JOSE LUIS CARMONA VILLALOBOS, con una participación en el capital, y en las utilidades y pérdidas en una proporción de un 95%, de don José Tomás Carmona Pizarro y del 5% de don José Luis Carmona Villalobos, y modifican el estatuto social en cuanto a; ADMINISTRACION Y USO DE LA RAZON SOCIAL: c).- queda radicada en ambos socios JOSE TOMAS CARMONA PIZARRO y JOSE LUIS CARMONA VILLALOBOS, quienes pueden actuar conjunta o individualmente por la sociedad, con todas las facultades señaladas en la escritura de constitución; FALLECIMIENTO: en caso de fallecimiento, la sociedad continuará.- Demás estipulaciones, en escritura extractada.- Ovalle, 16 de junio de 2023.-