RAMON GALAZ DÍAZ Y HERMANOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 2 de junio de 2023
- Notario
- ALBERTO ORTEGA JIRON
- Oficio
- 1ra. Notaría San Fernando
- Comuna
- San
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Referencias (1)
- do publicacion DO N° 38266 del 20 de septiembre de 2005
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALBERTO ORTEGA JIRON, Abogado, Notario Público Titular 1ra. Notaría San Fernando, con oficio calle Chillán 620, de esta ciudad, certifico: Que por escritura pública de fecha 02-06-2023, ante mí, RAMÓN ENRIQUE GALAZ DÍAZ, chileno, agricultor, casado y separado de bienes, C.I. N° 11.144.933-3, domiciliado en Hijuela B sector El Manzano, localidad El Sauce, comuna Chimbarongo; GABRIEL DOMINGO GALAZ DÍAZ, chileno, divorciado, agricultor, C.I.N° 9.064-478-5, domiciliado en Hijuela B sector El Manzano, localidad El Sauce, comuna Chimbarongo; y DOMINGO ANDRÉS GALAZ DÍAZ, chileno, casado, agricultor, C.I.N° 15.118.646-7, domiciliado en Hijuela B sector El Manzano, localidad El Sauce, comuna Chimbarongo, en su calidad únicos socios modificaron la sociedad RAMON GALAZ DÍAZ Y HERMANOS LIMITADA, constituida por escritura de fecha 05-09-2005, otorgada en la Primera Notaría de San Fernando, ante el Notario Hernán Barría Subiabre, con oficio en calle Chillan 620, de San Fernando, cuyo extracto se inscribió a fojas 154 N° 156 Registro de Comercio del año 2005, del Conservador de Bienes Raíces San Fernando, publicado en Diario Oficial N° 38.266 de fecha 20-09-2005. Capital inicial $1.000.000.- Modificación consiste: a) socio Domingo Andrés Galaz Díaz, vende, cede y transfiere todos sus derechos en la sociedad, equivalentes al 33,33 % periódico a RAMON ENRIQUE GALAZ DÍAZ, quien los compra, acepta y adquiere para sí. Precio cesión es la suma de $.1.000.000, pagados en este acto al contado en dinero efectivo.- Como consecuencia cesión quedan como únicos socios de la sociedad RAMON GALAZ DÍAZ HERMANOS LIMITADA, Ramón Enrique Galaz Díaz, con un 66,67%, de los derechos sociales; y Gabriel Domingo Galaz Díaz, con un 33,33 %, de los derechos sociales. b) Actuales socios modifican estatuto social, siguiente forma: Uno) Modifican la cláusula sexta primitivo pacto social, en sentido que la Administración y Uso de la Razón Social corresponderá al socio RAMON ENRIQUE GALAZ DÍAZ, con todas las facultades contenidas en escritura de cesión y modificación que por este acto se extracta.- Dos) Modifican cláusula quinta primitivo pacto social, en el sentido que el capital social es la suma de $1.000.000, socio RAMON ENRIQUE GALAZ DIAZ, aporta $666.700, equivalentes al 66,67% haber social, encontrándose a esta fecha íntegramente pagado; y socio GABRIEL DOMINGO GALAZ DIAZ, aporta $333.300, equivalentes al 33,33% haber social, encontrándose a esta fecha íntegramente pagado. Tres) Modifican cláusula décima del primitivo pacto social, en el sentido que: “En caso de fallecimiento del socio no administrador, la sociedad continuará con el socio sobrevivientes y los herederos del socio fallecido, quienes deberán nombrar un mandatario común para que los represente ante la sociedad, y la administración de la sociedad, y el uso de la razón social continuará radicada, desde la fecha del fallecimiento, en el socio administrador, en el evento que el socio fallecido sea el socio administrador, la administración y uso de la razón social quedará radicada en el socio no administrador sobreviviente. En caso de incapacidad, de insolvencia o de cualquiera otra situación que afecte la libre disposición de los bienes de un socio, la presente sociedad no se disolverá y el socio afectado continuará siendo representado por quien corresponda en derecho, con sus mismas facultades”.- Demás estipulaciones escritura extractada. San Fernando 08 de Junio de 2023.