Instrumento
- Fecha
- 19 de junio de 2023
- Repertorio
- 1038-2023
- Notario
- IGNACIO JAVIER GONZÁLEZ LÓPEZ
- Oficio
- 2da Notaría de San Vicente de Tagua Tagua
- Comuna
- San
Sociedad
- Ley aplicable
- ley 18.046
Objeto social
a) venta al por mayor de frutas y verduras; b) la elaboración y conservación de frutas, legumbres y hortalizas; c) realización de todo tipo de operaciones de comercio exterior, pudiendo exportar e importar toda clase de bienes y servicios, corporales e incorporales; d) la compra, venta, corretaje y exportación de productos agrícolas; e) la ejecución de actividades agrícolas y agroindustriales; f) la prestación de servicios agrícolas, de embalaje, packing, servicios de exportación y comercio internacional; y en general, formar o tener parte de otras sociedades cuyos giro se relacione con el propuesto o coayude a su realización, así como la ejecución de todos los actos y contratos que fueran necesarios y que tengan relación directa o indirecta con el cumplimiento de su
Administración
La administración corresponderá a doña JESSICA ANDREA LOPEZ LEYTON, chilena, casada, empresaria, cédula de identidad número dieciséis millones sesenta y ocho mil doscientos setenta y ocho guión siete; La duración de la sociedad será indefinida, Utilidades y eventuales pérdidas se distribuirán en partes iguales. El domicilio de la sociedad será la ciudad y comuna de Rengo, sin perjuicio de las agencias o sucursales que establecieren en otros lugares del país o del extranjero
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIGNACIO JAVIER GONZÁLEZ LÓPEZ, Notario Público Titular de la 2da Notaría de San Vicente de Tagua Tagua, con oficio en calle Carmen Gallegos Nro. 320, certifico que por escritura pública de hoy, ante mí, Repertorio N° 1038-2023, doña JESSICA ANDREA LOPEZ LEYTON, chilena, casada, empresaria, cédula de identidad número dieciséis millones sesenta y ocho mil doscientos setenta y ocho guión siete, domiciliada en calle Carlos Condell número cuatrocientos sesenta y ocho B, comuna de Rengo, Región de O’higgins, constituyó sociedad por acciones " MYM FRUIT EXPORT SPA", que se regirá por su estatuto y por disposiciones pertinentes contenidas en artículos 424 y siguientes del Código de Comercio y normas de la ley 18.046 y ley 20.190: Objeto: a) venta al por mayor de frutas y verduras; b) la elaboración y conservación de frutas, legumbres y hortalizas; c) realización de todo tipo de operaciones de comercio exterior, pudiendo exportar e importar toda clase de bienes y servicios, corporales e incorporales; d) la compra, venta, corretaje y exportación de productos agrícolas; e) la ejecución de actividades agrícolas y agroindustriales; f) la prestación de servicios agrícolas, de embalaje, packing, servicios de exportación y comercio internacional; y en general, formar o tener parte de otras sociedades cuyos giro se relacione con el propuesto o coayude a su realización, así como la ejecución de todos los actos y contratos que fueran necesarios y que tengan relación directa o indirecta con el cumplimiento de su objeto social. Capital: veinte millones de pesos, dividido en dos mil acciones nominativas, de un misma serie y valor nominal, que en este acto se suscriben y pagan de la siguiente forma: a) suscribe y paga en este acto doña JESSICA ANDREA LOPEZ LEYTON, dos mil acciones, por un valor de veinte millones de pesos, ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal ni preferencias de ninguna especie. Los títulos de las acciones no requerirán ser emitidos en láminas físicas. La sociedad podrá en todos los casos poseer acciones de su propia emisión; Administración: La administración corresponderá a doña JESSICA ANDREA LOPEZ LEYTON, chilena, casada, empresaria, cédula de identidad número dieciséis millones sesenta y ocho mil doscientos setenta y ocho guión siete; La duración de la sociedad será indefinida, Utilidades y eventuales pérdidas se distribuirán en partes iguales. El domicilio de la sociedad será la ciudad y comuna de Rengo, sin perjuicio de las agencias o sucursales que establecieren en otros lugares del país o del extranjero. Demás estipulaciones constan en escritura extractada, todo de acuerdo al artículo 427 del Código de Comercio. San Vicente de Tagua Tagua, 19 de Junio de 2023.