MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

CANALES & MAQUIEIRA C2M SpA

RUT 77029451-7 CVE 2332799
Fecha instrumento
9 de junio de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
9 de junio de 2023
Repertorio
344
Notario
FRANCISCA ROJAS DAMM
Oficio
6ta Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCA ROJAS DAMM, Notario Público, suplente de la 6ta Notaria de Santiago, Bandera 465, 2º piso, certifico que por escritura pública de fecha 09-06-2023, Repertorio 344, ante notario titular Alberto Rojas López, don JORGE ENRIQUE MAQUIEIRA VILLANUEVA, chileno, casado, contador, cédula nacional de identidad número catorce millones ciento sesenta y nueve mil ochocientos treinta y tres guión ocho, y don TOMÁS JOAQUÍN IGNACIO MIÑO PAINENAO, chileno, soltero, contador, cédula nacional de identidad número diecinueve millones setecientos setenta y siete mil setecientos noventa guión siete, ambos con domicilio en calle Irarrázaval número cinco mil ciento ochenta y cinco, comuna de Ñuñoa, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, en su calidad de únicos y actuales accionistas, según libro registro de accionistas que he tenido a la vista, modificaron la sociedad “CANALES & MAQUIEIRA C2M SpA”, en el siguiente sentido: Modificación de la razón social. En este acto los comparecientes modifican la razón social de la compañía la que de aquí en adelante será CONSULTORES MAQUIEIRA& MIÑO C2M SpA, por lo tanto se modifica el artículo primero del pacto social, que queda del siguiente tenor: “ARTÍCULO PRIMERO: Se constituye una sociedad por acciones que girará bajo la denominación de "CONSULTORES MAQUIEIRA & MIÑO C2M SpA”, cuyo domicilio legal será la ciudad y comuna de Santiago, sin perjuicio de que pueda abrir agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero”. Modificación del giro social. En este acto los comparecientes modifican el giro social el que queda del siguiente tenor: “ARTÍCULO SEGUNDO: El objeto de la sociedad será: La inversión en toda clase de bienes, corporales o incorporales, muebles e inmuebles, en toda clase de valores mobiliarios, acciones, bonos, derechos, debentures, efectos de comercio, depósitos a la vista, a plazo, en moneda nacional o extranjera, y en todo tipo de instrumentos financieros que ofrezca el mercado de valores y otros, pudiendo administrarlos y percibir sus frutos. la prestación de asesorías contables, tributarias, jurídicas y manejo de personal para todo tipo de empresas”. Modificación de la duración de la sociedad: “ARTÍCULO TERCERO: La duración de la sociedad será indefinida”. Modificación cláusula capital: En este acto los comparecientes modifican la cláusula del capital social el que queda del siguiente tenor: ARTÍCULO CUARTO: El capital de la sociedad será la cantidad de un millón doscientos mil pesos dividido en ciento veinte acciones de una misma serie, nominativas de igual valor y sin valor nominal que se suscriben, enteran y pagan en la forma que se indica en los artículos transitorios: El capital de la sociedad de Un millón doscientos mil pesos dividido en ciento veinte acciones de una misma serie, nominativas de igual valor y sin valor nominal que se suscriben, enteran y pagan totalmente en este acto de la siguiente manera: Don JORGE ENRIQUE MAQUIEIRA VILLANUEVA, suscribe y paga en este acto noventa y seis acciones, equivalentes al ochenta por ciento del capital social en la suma de novecientos sesenta mil pesos, los que ingresan directamente a las arcas sociales. Don TOMÁS JOAQUÍN IGNACIO MIÑO PAINENAO suscribe y paga en este acto veinticuatro acciones, equivalentes al veinte por ciento del capital social en la suma de doscientos cuarenta mil pesos, los que ingresan directamente a las arcas sociales. Modificación de la administración social. En este acto los comparecientes modifican la cláusula relativa a la administración social la que queda, en lo pertinente, del siguiente tenor: “ARTÍCULO SEXTO: La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don JORGE ENRIQUE MAQUIEIRA VILLANUEVA y a don TOMÁS JOAQUÍN IGNACIO MIÑO PAINENAO, quienes podrán actuar conjunta o separadamente” con amplias facultades. Se deja constancia que la sociedad que se modifica se encuentra inscrita a fojas veintitrés mil novecientos diecisiete número doce mil ciento cinco del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año dos mil diecinueve. Demás estipulaciones escritura extractada.-