BEC ABOGADOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 23 de mayo de 2023
- Repertorio
- 4261/2023
- Notario
- RAIMUNDO WOOD ESPINOZA
- Oficio
- Titular de la Vigésimo Primera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $14.100 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Conservador de Bienes Raíces de Santiago | socio | 76390803-8 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRAIMUNDO WOOD ESPINOZA, abogado, Notario Público, Suplente de la Titular de la Vigésimo Primera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N° 578, comuna de Santiago, Región Metropolitana, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 23/05/2023, Repertorio N° 4.261/2023, ante la Notario Titular doña Myriam Amigo Arancibia, don JUAN JOSÉ CROCCO CARRERA, C.I. N° 15.316.455-K, con domicilio en Braun 4477, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; don GONZALO BULNES LLOMPART, C.I. N° 16.612.347-K, con domicilio en calle Camino El Rodeo 10, comuna de Colina, Región Metropolitana; y don BENJAMÍN BULNES LEÓN, C.I. N° 16.209.639-7, con domicilio en calle Brig 4610, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; quienes vienen en modificar la sociedad “BEC ABOGADOS LIMITADA”, inscrita a fojas 56208, bajo el número 34636 del Registro de Comercio del año 2014 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, RUT N° 76.390.803-8, en el siguiente sentido: /UNO/ Dividir la sociedad en dos sociedades de responsabilidad limitada, una continuadora legal de la actual “BEC ABOGADOS LIMITADA”, y otra, una nueva sociedad de responsabilidad limitada que se formará de la misma división y que se denominará “BEC INVERSIONES LIMITADA”, cuyo patrimonio quedará constituido con parte de los activos y pasivos de la actual sociedad “BEC ABOGADOS LIMITADA”, y cuya constitución se extracta por separado. /DOS/ A consecuencia de la división de la sociedad, el capital de “BEC ABOGADOS LIMITADA” disminuye de $14.100.000 a la suma de $7.100.000. La diferencia de $7.000.000, resultante de la referida disminución de capital, es el capital que se asigna como capital a la nueva sociedad que nace de la división. En virtud de lo anterior, se el artículo Sexto del pacto social por el siguiente: “SEXTO: El capital de la Sociedad es la suma de siete millones cien mil pesos ya enterado por los socios y pagado con cargo al capital de la sociedad originaria que es objeto de transformación y en proporción de un treinta y tres coma treinta y tres por ciento en el caso del socio Juan José Crocco Carrera, de un treinta y tres coma treinta y tres por ciento en el caso del socio Gonzalo Bulnes Llompart y de un treinta y tres coma treinta y cuatro por ciento en el caso del socio Benjamín Bulnes León”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.-