COMERCIALIZADORA SAIZ SAMAIN LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 23 de mayo de 2023
- Notario
- JORGE ELÍAS TADRES HALES
- Domicilio
- Temuco
Sociedad
- Capital
- $7.000.000 CLP
- Domicilio
- ciudad de Temuco
- Duración
- 10 años, a contar fecha constitución con prórroga automática en forma que establece escritura extractada. Para todos los efectos legales, la empresa individual de responsabilidad limitada que constituye es la continuadora legal de la “COMERCIALIZADORA SAIZ SAMAIN LIMITADA”
Objeto social
El objeto o giro de la empresa será la compra, venta, adquisición y comercialización en cualquier forma de vestuario, accesorios y demás artículos de moda, paquetería, textiles, así como la importación y exportación de los mismo, la fabricación e industria de productos textiles para su comercialización y distribución dentro de país, como para su exportación; representación y comercialización de marcas afines al objeto de la empresa, la prestación de servicios sobre la materia, la realización de todos y cualquier clase de negocios relacionados directa o indirectamente con el objeto de la empresa y)o que la constituyente emprenda
Administración
corresponde a su titular, con amplias facultades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE ELÍAS TADRES HALES, Notario Público de Temuco, con oficio en esta ciudad, calle Antonio Varas Nº 976, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 23 de mayo de 2023, otorgada ante mí; doña MARIA ALEJANDRA SAIZ SAMAIN, chilena, casada y separada totalmente de bienes, ingeniera comercial, cédula nacional de identidad número trece millones setecientos veintinueve mil novecientos noventa guion nueve, de cuarenta y cuatro años de edad, domiciliada en Hochstetter número seiscientos cinco, departamento seiscientos cuatro de la ciudad de Temuco, modificó sociedad COMERCIALIZADORA SAIZ SAMAIN LIMITADA transformándola en una empresa individual de responsabilidad limitada, conforme a declaraciones y estipulación que se extractan: Primero: Por escritura pública de fecha nueve de julio de dos mil quince, Repertorio Número cuatro mil novecientos ochenta y tres / dos mil quince, otorgada ante el Notario de Temuco don Jorge Elías Tadres Hales, doña MARIA ALEJANDRA SAIZ SAMAIN y doña MARIA ELIZABETH SAMAIN ABDALA, constituyeron la sociedad COMERCIALIZADORA SAIZ SAMAIN LIMITADA, que gira bajo el Rol Único Tributario número setenta y seis millones cuatrocientos noventa y un mil trescientos setenta y tres guion seis. El respectivo extracto se inscribió a fojas mil doscientos dieciseis vuelta bajo el número setecientos setenta y seis del Registro de Comercio del año dos mil quince del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, y se publicó en el Diario Oficial de la República de Chile de fecha veinte de julio de dos mil quince.- En el artículo Décimo Primero de los Estatutos se estableció expresamente que en caso de fallecer uno de los socios, la sociedad continuará con el sobreviviente y los herederos del socio fallecido.- Segundo: Por Resolución Exenta N° dos mil ciento cincuenta y seis de fecha diez de marzo de dos mil veintiuno del Director Regional de la Araucanía, se otorgó la posesión efectiva de la herencia de doña MARIA ELIZABETH SAMAIN ABDALA a su hija doña MARIA ALEJANDRA SAIZ SAMAIN, como única heredera de todos sus bienes, entre los cuales se encuentran los derechos en la sociedad de responsabilidad materia del instrumento que se extracta. La posesión efectiva se inscribió bajo el número dieciséis mil quinientos cincuenta y ocho del año dos mil veintiuno del Registro Nacional de Posesiones Efectivas.- Las asignaciones que comprende la herencia quedada al fallecimiento de doña MARIA ELIZABETH SAMAIN ABDALA han pagado el total de los impuestos, según consta del Certificado de Pago Total de Impuestos a la Herencia número cuatro dos dos uno ocho seis de fecha dieciocho de octubre de dos mil veintidós emitido por el Servicio de Impuestos Internos Dirección Regional.- Al margen de la inscripción social de fojas mil doscientos dieciseis vuelta número setecientos setenta y seis del Registro de Comercio del año dos mil quince del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, consta la anotación de esta posesión efectiva.- Tercero: Siendo la socia doña MARIA ALEJANDRA SAIZ SAMAIN, de cuarenta y tres años de edad, la única heredera de la socia doña MARIA ELIZABETH SAMAIN ABDALA, por el acto e instrumento que extracto modificó el pacto social transformando la sociedad en una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, regida por la Ley número diecinueve mil ochocientos cincuenta y siete, y supletoriamente por las disposiciones legales y tributarias aplicables a las sociedades comerciales de responsabilidad limitada, y en especial, por las estipulaciones del Estatuto que a continuación se extracta: Nombre empresa: "COMERCIALIZADORA MARIA ALEJANDRA SAIZ SAMAIN E.I.R.L." pudiendo usar el nombre de fantasía “SAIZ SAMAIN E.I.R.L." Domicilio: ciudad de Temuco, sin perjuicio agencias, representaciones o sucursales que pudiera abrir en otras ciudades del país o extranjero. Objeto: El objeto o giro de la empresa será la compra, venta, adquisición y comercialización en cualquier forma de vestuario, accesorios y demás artículos de moda, paquetería, textiles, así como la importación y exportación de los mismo, la fabricación e industria de productos textiles para su comercialización y distribución dentro de país, como para su exportación; representación y comercialización de marcas afines al objeto de la empresa, la prestación de servicios sobre la materia, la realización de todos y cualquier clase de negocios relacionados directa o indirectamente con el objeto de la empresa y/o que la constituyente emprenda. Administración: corresponde a su titular, con amplias facultades.- Capital: $7.000.000, que se encuentra enterado íntegramente en la caja de la empresa.- Duración: 10 años, a contar fecha constitución con prórroga automática en forma que establece escritura extractada. Para todos los efectos legales, la empresa individual de responsabilidad limitada que constituye es la continuadora legal de la “COMERCIALIZADORA SAIZ SAMAIN LIMITADA”.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 15 de junio de 2023.